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Corte Constitucional tumbó reducción de aportes a pensiones del 16% al 3%

Esto significa que los aportes que dejaron de hacerse tendrían que pagarse, aunque la Corte señaló que el Gobierno será el encargado de decir cómo y en qué tiempo. También deberá aclarar qué pasa con las semanas que se habían contabilizado con la disminución de los aportes.

Publicado: julio 23, 2020, 7:27 pm

En un fallo que genera incertidumbre y podría tener hondas repercusiones sobre el empleo, la Corte Constitucional declaró inexequible un decreto del Gobierno que les permitió a los empleadores del sector público y privado -al igual que los trabajadores independientes- reducir voluntariamente su aporte al Sistema General de Pensiones del 16% a un 3%.

En el mismo fallo, el tribunal también dejó sin efectos otra parte del mismo decreto (el 558) que permitía el traslado de entre 15.000 y 20.000 pensionados más vulnerables, los de 1 salario mínimo, de los fondos privados a Colpensiones.

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Dichos pensionados se habían visto afectados por la desvalorización de los portafolios de las AFP por la crisis provocada por el coronavirus y ello podría poner en riesgo su mesada por la volatilidad de los mercados y la caída en su ahorro individual.

Según el presidente de la Corte, Alberto Rojas Ríos, «la sentencia tiene efectos retroactivos. Es decir todo vuelve al estado en que se encontraba antes de la expedición del Decreto Legislativo».

En otras palabras, esto significa que los aportes que dejaron de hacerse durante abril y mayo tendrían que pagarse, aunque la Corte señaló que el Gobierno será el encargado de decir cómo y qué tiempo. También deberá aclarar qué pasa con las semanas que se habían contabilizado con la disminución de los aportes.

Cuando expidió el decreto, el Gobierno explicó que la medida buscaba disminuir las cargas económicas a las empresas y trabajadores independientes, con el fin de que pudieran tener mayor liquidez.

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“Hoy, la cotización le corresponde en un 12% a los empleadores y el 4% restante a los trabajadores, para un total de 16%. Con el nuevo Decreto, la cotización se reducirá a un 3%, donde el empleador aporta un 75% que equivale al 2,25%, mientras que el trabajador aportará el 25%, que corresponde al 0,75% de ese 3% total”, explicó.

Para el caso de los independientes, la reducción, que era optativa, también aplicaba, por lo que su cotización para los periodos en mención (abril y mayo), podrían hacerla sobre el 3% del ingreso base de cotización.

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