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Empresas e independientes ya pueden reducir aportes a pensión

La medida disminuye del 16% al 3% los aportes a la seguridad social, con el fin de que las empresas y trabajadores puedan tener mayor liquidez.

Publicado: mayo 1, 2020, 6:00 pm

El Ministerio de Trabajo reveló que ya fue expedido el decreto que autorizó a los empleadores del sector público y privado, al igual que los trabajadores independientes, a reducir voluntariamente su aporte al Sistema General de Pensiones del 16% a un 3%, durante abril y mayo, cuyos pagos deben efectuarse en los mayo y junio de 2020.

Para el titular de esa cartera, Ángel Custodio Cabrera, la medida busca disminuir las cargas económicas a las empresas y trabajadores independientes, con el fin de que puedan tener mayor liquidez.

“Hoy, la cotización le corresponde en un 12% a los empleadores y el 4% restante a los trabajadores, para un total de 16%. Con el Decreto 558, se reducirá a un 3%, donde el empleador aporta un 75% que equivale al 2,25%, mientras que el trabajador aportará el 25%, que corresponde al 0,75% de ese 3% total”, explicó.

Para el caso de los independientes, la reducción, que es optativa, también aplica, por lo que su cotización para los periodos en mención (abril y mayo), podrán hacerla sobre el 3% del ingreso base de cotización.

Se trata de un mecanismo voluntario que mantiene la base de cotización, garantizando la validez de las semanas cotizadas durante el periodo que esté en vigencia.

“Que el pago no se realice sobre el 16%, no significa que los cotizantes se vean afectados. En la historia laboral de los trabajadores deberán verse reflejadas las semanas correspondientes a los dos meses cotizados bajo el 3%. Esto, con el propósito de que se contabilicen para completar las 1.150 semanas que le permitan al afiliado acceder a la garantía de pensión mínima en el régimen privado, o a las 1.300 semanas para obtener una pensión de vejez de un salario mínimo legal mensual en el de Régimen de Prima Media (RPM)”, aclaró.

Así mismo, los periodos cotizados bajo esta eventualidad servirán para acreditar el cumplimiento del requisito de semanas para acceder a las pensiones invalidez y sobrevivencia y la cobertura previsional.

Acá puede consultar el decreto: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20558%20DEL%2015%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf

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