El presidente Donald Trump ha firmado este martes una proclamación que amplía y endurece las restricciones de entrada a Estados Unidos para nacionales de decenas de países, en el marco de su estrategia de control migratorio bajo el argumento de seguridad nacional y seguridad … pública.
En ese marco, Trump mantiene la suspensión total de entrada para nacionales de 12 países ya incluidos en una proclamación previa: Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen, y a esa lista añade una nueva suspensión total para Burkina Faso, Laos, Mali, Níger, Sierra Leona, Sudán del Sur y Siria.
También impone una suspensión total a quienes intenten viajar con documentos emitidos o avalados por la Autoridad Palestina, alegando que no pueden ser verificados adecuadamente dadas las condiciones de seguridad en la región.
La Casa Blanca ha presentado la medida como una continuación de las restricciones aplicadas durante el primer mandato de Trump, que, según el texto, fueron respaldadas por el Tribunal Supremo. La proclamación se apoya en la autoridad presidencial para suspender la entrada de extranjeros cuando, a juicio del jefe del Ejecutivo, esa admisión sería «perjudicial» para el interés nacional.
El núcleo del documento es un diagnóstico sobre fallos de verificación en países a los que Washington atribuye deficiencias crónicas para acreditar identidades, compartir información de seguridad y aportar antecedentes fiables. La proclamación menciona, como ejemplos, falta de registros civiles consistentes, documentos susceptibles de alteración, mercados de falsificación, corrupción, registros criminales inaccesibles o poco confiables, y dificultades para confirmar datos básicos como nacimientos o empadronamiento.
En varios pasajes, el texto vincula esos problemas con riesgos de terrorismo, crimen organizado, tráfico de personas y abusos migratorios, incluyendo altos niveles de vulneración de los términos del visado.
En paralelo, el texto mantiene restricciones parciales para Burundi, Cuba, Togo y Venezuela, y modifica el caso de Turkmenistán: levanta la suspensión para ciertos visados de no inmigrante, pero mantiene la restricción para inmigrantes.
La proclamación incluye un ajuste político relevante: recorta excepciones, y en particular señala que los visados de inmigrante por vínculos familiares ya no serán una excepción amplia. Las exenciones, dice, se aplicarán caso por caso cuando haya un «interés nacional» definido por los secretarios de Estado, Seguridad Nacional o por la fiscal general, con coordinación interagencial.
La entrada en vigor está fijada para el 1 de enero de 2026 a las 00:01, hora de Washington. La medida consolida un sistema de restricciones por país basado en filtros de documentación e intercambio de información, y lo presenta como palanca para forzar cooperación y cambios administrativos en gobiernos extranjeros.