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Conoce las medidas de bioseguridad que regirán en el sector cultural

Evitar aglomeraciones, hacer un uso correcto del tapabocas, garantizar el distanciamiento físico y el uso permanente del antibacterial, son algunos de los protocolos que deberán seguir los establecimientos y visitantes.

Publicado: septiembre 23, 2020, 11:00 am

La Alcaldía de Bogotá dio luz verde para la apertura de los teatros y cines de la ciudad, luego de permanecer cerrados por la pandemia. Ahora, los bogotanos podrán a volver a disfrutar de manera presencial de estos espacios culturales, pero bajo los protocolos de bioseguridad.

Según establecen las autoridades sanitarias, tanto los trabajadores como los visitantes deben hacer uso correcto del tapabocas (debe cubrir nariz y boca). Además, deben garantizar el distanciamiento físico debe ser de al menos dos (2) metros en la silletería y en la fila al ingreso a los teatros.

En cuanto a los trabajadores de los teatros, el protocolo establece que se debe prohibir que el personal se incorpore a sus puestos de trabajo cuando:

  • El trabajador se encuentre en aislamiento domiciliario con diagnóstico de COVID- 19 o alguno de los síntomas compatibles con virus o a la espera del resultado de la prueba clínica.
  • Si el empleado, asintomático, se encuentra en periodo de aislamiento domiciliario tras haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada con COVID-19.

Igualmente, los establecimientos deberán cumplir con las siguientes medidas:

  • Los trabajadores deben usar en todo momento su tapabocas y de manera correcta.
  • Acceso a lavado de manos con agua y jabón al menos cada tres horas
  • Uso permanente de alcohol en gel, mínimo al 60 % y máximo al 95 %, con registro sanitario para la higienización de manos en el lugar de trabajo
  • Aquellas personas que prestan atención al público, deberán usar caretas de protección.

Finalmente, aclaran que desde el 22 de septiembre, las actividades del sector cultural y creativo no tendrán pico y cédula para la comercialización de sus productos, ni para la prestación de servicios o contacto con el público.

Conoce el decreto 207 de la Alcaldía Mayor de Bogotá. 

 

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