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Supertransporte devolverá más de $170.000 millones de multas ilegales

De los 60.000 casos de multas que habrían sido impuestas a vigilados de forma irregular ya se han revisado más de 15.000 procesos, por parte de un grupo élite especializado dispuesto por la Superintendencia de Transporte, con el fin de seguir velando por la legalidad en el sector

Foto: Alcaldía de Bogotá

Publicado: mayo 8, 2020, 3:49 pm

Con el objetivo de dar cumplimiento al mandato de legalidad del Gobierno del Presidente Iván Duque y velar por la necesidad de que el sector transporte se rija por este principio, la SuperTransporte dispuso un grupo élite para la revisión de más de 60.000 casos de multas impuestas de manera ilegal.

En ese sentido la Superintendencia de Transporte está realizando el proceso de devolución de estos dineros que fueron cobrados de manera irregular a los empresarios del transporte público terrestre, a quienes se impusieron multas entre 2016 y 2018, lo cual representa más de $171.000 millones para el sector.

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Para el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, es importante aclarar que “los dineros que ya no se cobrarán, los embargos que ya no se realizarán, sumado a la devolución de dineros a los empresarios, confirma el compromiso del Gobierno Nacional con la legalidad en el sector transporte”.

Hay que anotar que con corte al 30 de abril de 2020 se ha depurado de la cartera de la Entidad 1.413 multas administrativas, por un monto aproximado de $4.829 millones, las cuales estaban pendientes de pago y que fueron revocadas en virtud de lo establecido por el concepto del 5 de marzo de 2019, proferido el Consejo de Estado, toda vez que ya no existe un fundamento jurídico para su cobro.

Para reclamar el dinero, el usuario deberá

  1. solicitar la devolución formal con el RUT
  2. Certificación de la entidad bancaria en la que indique número de cuenta, tipo de cuenta, nombre del titular y estado de la cuenta en donde se deben consignar los recursos por concepto de devolución (no mayor de 30 días, al momento de su presentación).
  3. Copia de la resolución que impuso la sanción. En caso que se hayan interpuesto recursos, deben allegarse también las resoluciones que resolvieron los recursos.
  4. Copia de la consignación con la cual se evidencie el pago de la sanción, y/o documento soporte del abono.
  5. Copia de la resolución por medio del cual se revoca el acto que impuso la sanción, con constancia de ejecutoria.

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