La DIAN hizo un llamado a todos los colombianos para que verifiquen si están obligados a pagar el Impuesto a la Riqueza. El calendario de la entidad fija que se debe pagar en dos cuotas: del 9 al 22 de mayo la primera y del 8 al 21 de septiembre la segunda.
Las personas que están obligadas a pagar el impuesto son todas aquellas que al primero de enero de 2015 tuvieron un patrimonio líquido (bruto y deudas) igual o superior a los 1.000 millones de pesos.
Para hacer el pago, deberán diligenciar el formulario 440 de la DIAN y se podrá pagar de forma virtual, siempre y cuando cuenten con la firma electrónica. Los pagos están organizados según el último digito del NIT del contribuyente.
Por otro lado, según la misma entidad, el recaudo bruto acumulado de los impuestos para el período enero–abril alcanzó la cifra de $46,5 billones, lo que supone un aumento nominal de 4.7% respecto al mismo período de 2016.
Esta variación se explica principalmente por el comportamiento del recaudo del Impuesto de Renta que creció 33.6% pasando de $5,1 billones en 2016 a $6,8 billones en 2017, mostrando una contribución a la variación total de 3.8%.
“Una parte de este crecimiento se justifica por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios, y que corresponde al 6% de la renta líquida gravabledescontados los primeros $800 millones de pesos”, explicó la DIAN.
El recaudo del Impuesto al Valor Agregado –IVA- presentó un incremento de 14.8% pasando de $9,1 billones en 2016 a $10,4 billones en 2017, revelando una participación del 3.0% en la variación, es decir, que de los 4.5 puntos porcentuales en los que aumentó el recaudo a abril de 2017 en relación con el mismo período de 2016, el IVA explica 3 puntos porcentuales.
Las retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, presentaron un incremento de 6.1% pasando de $15,6 billones en 2016 a $16,6 billones en 2017, mostrando una participación de 2.2% en la variación total del recaudo.
De manera agregada, el recaudo de los tributos asociados a la actividad económica interna muestra una variación nominal de 4.8% frente al mismo período de 2016, con un recaudo de $39,7 billones, mientras que en el mismo periodo de 2016 fue de $37,9 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 4.4%, recaudándose $6,7 billones frente a $6,4 billones en 2016.
Normalización Tributaria
La DIAN también les recordó a los contribuyentes que 2017 es el último año para acogerse al beneficio de la normalización tributaria, el cual les permite declarar un impuesto sobre los activos que se tienen en el exterior y aquellos nacionales que no fueron declarados durante 2015 y 2016.
El beneficio se podrá pagar en los mismos plazos del Impuesto a la Riqueza. Con este recaudo, la entidad espera normalizar activos por 163 billones de pesos. En los últimos dos años, 6.329 colombianos (628 personas jurídicas y 5.701 personas naturales) pagaron por concepto de Impuesto de Normalización 867.000 millones de pesos, correspondientes a activos por unos 8 billones de pesos en el exterior.
¿Cómo diligenciar el formulario del Impuesto de Riqueza y Complementario de Normalización Tributaria?
Los obligados a presentar la declaración de este impuesto deben tener en cuenta los siguientes pasos para elaborar su declaración:
- Ingresar a www.dian.gov.co, a través del botón Usuarios Registrados
- Dar click en la opción diligenciar y presentar
- Seleccionar y diligenciar el formulario 440 – año 2017
- Firmar electrónicamente
- Presentar
- Liquidar, si registra valor a pagar
- Pagar