El Ministerio de Salud expidió una resolución que modifica las condiciones para el ingreso de viajeros desde el exterior al país. En adelante, éstos deberán acreditar una prueba PCR con resultado negativo y realizada 96 horas antes, como máximo.
La medida tiene que ver con el cumplimiento de una tutela fallada por el juzgado 11 de Bogotá, según la cual el Ministerio debe exigir la prueba PCR negativa a los viajeros que llegan al país.
Le puede interesar: Exigir prueba PCR a viajeros afectaría ingreso de 120 mil personas: MinSalud
Según la resolución, las secretarías de salud distritales y municipales deberán cumplir con el procedimiento de las pruebas PCR, además de velar por el cumplimiento de la cuarentena de los pasajeros que lleguen a las diferentes regiones, pues se estipuló que «permanezcan y se resguarden en su municipio y realicen un aislamiento preventivo de 14 días para determinar si son negativos o positivos para coronavirus”.
El Ministerio, sin embargo, aseguró que la única excepción para no realizar la prueba es que los viajeros “manifiesten que tuvieron dificultades para tomársela o para obtener el resultado en el término estipulado para el vuelo”.
“Desde ahora se pedirá la prueba PCR con resultado negativo a viajeros que ingresen a Bandera de Colombia. Quienes lleguen al país sin ella, podrán practicársela y guardar aislamiento hasta conocer el resultado, que debe ser negativo para retomar actividades», explicó el viceministro de Salud, Luis Alexander Moscoso.
Lea además: Pruebas PCR para viajeros internacionales no son recomendables: OPS