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Hasta el 31 de mayo tendrá plazo para acogerse al pago por cuotas del impuesto predial

La Secretaria de Hacienda incluyó este año una opción exclusiva para los propietarios de predios no residenciales afectados por las medidas de la pandemia para que comiencen a pagar desde el 2022.

Foto: Freepik-katemangostar

Publicado: mayo 28, 2021, 5:30 pm

El próximo lunes 31 de mayo vencerá el plazo para quienes deseen acogerse al pago por cuotas del impuesto Predial en Bogotá, conocido oficialmente como Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC).

El  beneficio seguirá cobijando a los predios residenciales y no residenciales, sean personas naturales o jurídicas. Sin embargo, la cartera aclaró que este ayuda solo será para los propietarios de predios que presenten su declaración hasta este lunes, en la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Igualmente, informó que para este 2021, el SPAC incluyó una opción exclusiva para los propietarios de predios no residenciales afectados por las medidas para controlar la pandemia del COVID-19, quienes podrán comenzar a pagar el año entrante.

A la fecha, según la Secretaría de Hacienda, el Distrito registra en total la inscripción de 34.036 predios, frente a los 64.000 inscritos que pagaron por cuotas su Predial el año pasado.

Para quienes se inscriban al SPAC tradicional, que aplica por igual para predios residenciales y no residenciales, estos son los plazos:

  • Primera Cuota    Miércoles 30 de junio de 2021.
  • Segunda Cuota    Martes 31 de agosto de 2021.
  • Tercera Cuota    Viernes 29 de octubre de 2021.
  • Cuarta Cuota    Lunes 31 de enero de 2022.

Por su parte, la distribución de los vencimientos para los contribuyentes inscritos al ‘Pago por Cuotas afectados COVID’, que solo aplica para predios no residenciales, a excepción de lotes, depósitos y garajes, es la siguiente:

  • Primera Cuota    Viernes 18 de febrero de 2022.
  • Segunda Cuota    Lunes 25 de abril de 2022.
  • Tercera Cuota    Viernes 17 de junio de 2022.
  • Cuarta Cuota    Viernes 26 de agosto de 2022.

Cabe aclarar que la declaración inicial es requisito indispensable para acceder al beneficio, deberá ser presentada a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda,  seleccionando la opción correspondiente al SPAC elegido.

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