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Conozca en qué va la aprobación de la ley de pronto pago

La medida pretende amplios plazos para pagos de facturas y de esta forma potenciar la competitividad de las pymes.

Publicado: marzo 22, 2019, 12:05 am

Antes de finalizar marzo se pretende finalizar el debate que aprobará o no la ley de pronto pago, la cual se radicó en un proyecto presentado al Congreso en septiembre de 2018 y que ya cuenta con una potencia positiva.

Una década atrás las pequeñas y medianas empresas (pymes) tenían mayor capacidad para responder por sus pagos tributarios, de nómina y otras obligaciones que tiene cualquier compañía; el motivo es que los contratantes anticipaban al proveedor el 50% del valor total de los servicios o productos convenidos. Pero actualmente los pagos de facturas pueden estar entre 60 y 120 días, generando iliquidez para mantenerse en el mercado.

Juan Nicolás Ramírez es un empresario pymes que explica por qué, para ellos, se debe aprobar esta ley.

Además, las pymes manifestaron que no se conformarán con la aprobación de la ley propuesta, y solicitan una reforma a la ley 590 de 2000 conocida como ‘Ley pyme’. Rosmery Quintero la presidenta del Acopi (el gremio que reúne a las micro, pequeñas y medianas empresas), afirma que: “Uno de los puntos fiscales que más nos interesa es la prórroga del pago del IVA para las mipymes. Queremos que se les dé un plazo de tres meses a este tipo de empresas sin que paguen intereses. Esto haría que las mipymes fueran mucho más competitivas”.

Por otra parte, Eduardo Visbal, vicepresidente de Fenalco, ha comentado que con el actual panorama económico y empresarial del país es complicado poner en marcha una ley que obligue a los grandes empresarios a pagarles a los pequeños en 30 días. Aclara que se debe es buscar normas que beneficien a las dos partes, proveedores y compradores.

Evolución de la norma

  • 2004: se da la libertad de determinación del plazo de pago, pero en caso de no estipular la fecha, se establecía un límite de 30 días naturales.
  • 2010: el plazo de pago fue limitado a 60 días naturales, y aplicaba desde la fecha de recepción de los productos o servicios. Además se estableció que las partes no podían aumentarlo.
  • 2013: se vuelve a establecer los 30 días de pago, contados a partir de la fecha de entrega de productos o prestación del servicio. Se hizo la aclaración que los proveedores deberían hacer llegar la factura antes de que se cumplan 15 días naturales desde la recepción efectiva. También las dos partes podrían modificar los plazos de pago, pero sin exceder los 60 días naturales.
  • 2016: se hace una importante modificación a la normativa de 2013. Los supuestos que permitan procedimientos de aceptación o comprobación podrán extenderse, excepcionalmente, hasta los 90 días.

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