Ante la presencia del Covid-19 en Colombia, el Ministerio de Trabajo expidió una circular con recomendaciones aplicables en los ambientes laborales, tanto en el sector privado como el público.
Ángel Custodio Cabrera, titular del Ministerio, señaló: “Son medidas de carácter excepcional y temporal, y es responsabilidad tanto del trabajador como del empleador, evaluar su adopción para realizar las actividades desde la casa”.
La circular determina que las entidades del sector público y privado deben diseñar medidas específicas y redoblar los esfuerzos en esta nueva fase de contención del virus y tomar las siguientes acciones:
· Autorizar métodos de Teletrabajo excepcionales y ocasionales, para servidores públicos y trabajadores que recientemente hayan llegado de algún país con incidencia de casos, o quienes hayan estado en contacto con pacientes diagnosticados, y para quienes presenten síntomas respiratorios leves y moderados, sin que ello signifique abandono del cargo.
· Adoptar horarios flexibles para los servidores y trabajadores, con el propósito de disminuir el riesgo por exposición en horas pico o de gran afluencia de personas en los sistemas de transporte masivo, tener una menor concentración de trabajadores en los ambientes laborales y una mejor circulación del aire.
· Disminuir el número de reuniones presenciales o concentración de varias personas en espacios reducidos de trabajo y con baja ventilación, para evitar el riesgo de contagio.
· Evitar áreas o lugares con aglomeraciones en los que se pueda interactuar con personas enfermas.
Responsabilidades de los servidores públicos, trabajadores y contratistas:
1. Informar inmediatamente en los canales dispuestos para tal fin, en caso de presentar síntomas de enfermedades respiratorias.
2. Cuidar su salud y la de sus compañeros de trabajo manteniendo el lugar de trabajo limpio.
3. Procurar mantener una distancia de al menos un metro entre la persona que tosa o estornude.
4. Lavarse constantemente las manos con agua y jabón y evitar tocarse los ojos, nariz y boca, sin habérselas lavado.
5. Evitar temporalmente los saludos de beso, abrazo o de mano.
6. Taparse la boca al momento de toser o estornudar y botar el pañuelo desechable inmediatamente después de usarlo; si no hay un pañuelo disponible, realizar estas acciones tapándose con la parte interna del codo.
7. Asistir a las capacitaciones y acatar las medidas de prevención dadas por el respectivo organismo, entidad pública o privada y Administradora de Riesgos Laborales.
Para las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL):
1. Suministrar a los servidores públicos, trabajadores y contratistas información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención.
2. Conformar un equipo de prevención y control, para los casos con riesgo de exposición directa cuya labor implica contacto directo con individuos clasificados como caso sospechoso o confirmado.