Con la expedición de la Resolución 010 de 2018, los seleccionados, a partir del 1° de junio del año en curso deben facturar electrónicamente, y será exigible a partir del 1° de septiembre de 2018, fecha máxima para iniciar la expedición de facturas electrónicas con el lleno de los requisitos establecidos en el Decreto 2242 de 2015. No obstante, las normas especiales que facultan la expedición de documentos equivalentes, continúan vigentes.
Hasta el momento, han sido seleccionados para facturar electrónicamente 4.800 contribuyentes, mediante las Resoluciones 072 de 2017 y 010 de 2018. Lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 308 de la Ley 1819 de 2016. Es de anotar que, entre los Grandes Contribuyentes seleccionados, se encuentra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN-.
Así mismo, se ha registrado a la fecha el recibo de 1.522.142 documentos electrónicos (Facturas, Notas Débito y Crédito) por un valor de $22.7 billones, facturados a un total de 199.258 adquirentes electrónicos. Se calcula que, al 1° de enero de 2019, el total de facturadores electrónicos ascienda a 450.000.
En la actualidad, han sido autorizados por la Entidad 44 proveedores tecnológicos, para prestar servicios de facturación electrónica.
Durante los próximos días se pondrá a disposición la solución “Facturación Gratuita DIAN” a través de la cual los empresarios, especialmente el micro y pequeños, podrán expedir las facturas electrónicas de sus transacciones.