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Empresas tendrán plazo hasta diciembre para pagar la prima

La jornada laboral podrá distribuirse en 4 días de la semana con un máximo diario de 12 horas. Cajas de Compensación entregarán 60.000 subsidios adicionales a desempleados.

Publicado: junio 4, 2020, 7:42 pm

El Ministerio de Trabajo reveló los detalles del Decreto 770 que busca proteger los derechos de los trabajadores, en un contexto muy complicado para las empresas y con una tasa de desempleo cercana al 20%.

Mecanismo de Protección al Cesante

En cuanto al subsidio de desempleo, el Gobierno amplió los recursos con las Cajas de Compensación Familiar, con el fin de pasar de 91 mil a 150 mil subsidios. Los beneficiados serán 60.000 nuevas personas que estaban en lista de espera.

Flexibilización de la jornada laboral

Para prevenir la circulación masiva de personas en medios de transporte y la aglomeración en espacios de trabajo, las empresas y los trabajadores puedan acordar turnos de trabajo sucesivos que no excedan las 8 horas al día y máximo 36 horas a la semana, cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad.

La jornada laboral pueda distribuirse en 4 días de la semana con una jornada diaria de máximo 12 horas, permitiéndole mayores días de descanso a los trabajadores y sin tener que hacer modificaciones del reglamento interno del trabajo.

Cuando las jornadas abarquen horarios nocturnos o festivos, deberán aplicarse los recargos correspondientes, cuyos pagos también deberán ser acordados entre las partes.

Lea también: Giros para el subsidio a la nómina ya alcanzan los $187.500 millones

Prima de servicios de junio

El Ministerio advirtió que, aunque la prima se debe pagar, “deberá existir un acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar, máximo hasta el 20 de diciembre, el primer pago de la prima de servicios, la cual podrán concertar hasta en tres pagos hasta dicha fecha”.

Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP)

La creación del PAP, con recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), beneficiará a los trabajadores dependientes afiliados al Sistema General de Seguridad Social y cotizantes de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), con un ingreso base desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta un $1 millón.

El subsidio aplica al número de trabajadores que estén vigentes en la nomina de junio y el aporte del Gobierno Nacional para cada trabajador será de $220.000.

Auxilio para trabajadores en suspensión contractual

Así mismo, se creó programa de auxilio a trabajadores en suspensión contractual, a cargo del Ministerio del Trabajo, y mediante el cual se entregarán, transferencias monetarias no condicionadas a favor de los trabajadores dependientes de los postulantes del Programa Apoyo al Empleo Formal (PAEF).

El programa otorgará un auxilio por un valor de $160.000 mensuales por el número de meses en los que el trabajador haya estado en suspensión contractual durante abril, mayo y junio.

Los beneficiarios del programa serán identificados de acuerdo con las novedades reportadas en la PILA de los meses anteriormente mencionados y serán personas que no hagan parte de otros programas sociales del gobierno como Colombia Mayor, Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Ingreso Solidario y compensación del impuesto sobre las ventas –IVA.

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