Aunque el Gobierno extendió el aislamiento hasta el 1de agosto, el mismo decreto estableció los protocolos para la realización de ‘pilotos’ para la reactivación de nuevos sectores productivos con el fin de proteger un millón de empleos y la supervivencia de más de 120.000 empresas.
Para tal efecto, el decreto 999 clasifica a los municipios del país en las categorías ‘no COVID’, ‘baja afectación de COVID’ o ‘alta o mediana afectación de COVID’.
Y, dependiendo de la categoría en que se encuentre cada uno de ellos, permite que los gobernadores y alcaldes soliciten a los ministerios de Salud y del Interior permisos para implementar pilotos de reactivación en las siguientes actividades:
La industria hotelera; la operación aérea y aeroportuaria; la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos; gimnasios; actividades náuticas y la apertura de museos y bibliotecas, entre otros.
Para el caso de los municipios ‘no COVID’ o de ‘baja afectación de COVID’, podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio, pero para esto el Ministerio de Salud deberá haber informado la condición de municipio sin afectación de COVID-19 con anterioridad.
“Los municipios ‘no COVID’ o de ‘baja afectación’ pueden aplicar para una paulatina apertura e implementación de pilotos en los sectores que complementan el sector turismo como lo son los restaurantes, los zoológicos o los parques temáticos”, explicó el ministro de Comercio e Industria, José Manuel Restrepo.
“En el caso de los municipios de ‘alta o mediana afectación’ los alcaldes también tienen la posibilidad de activar pilotos para restaurantes con servicio a la mesa, siguiendo así el camino hacia la reactivación”, agregó el funcionario.
Los alcaldes o gobernadores, con la autorización del Ministerio del Interior, podrán suspender las actividades anteriormente mencionadas cuando los municipios presenten una variación negativa en el comportamiento de la pandemia.
Asimismo, en ningún caso se podrán habilitar eventos que impliquen aglomeraciones de personas, y en los municipios de moderada y alta afectación, no se podrán habilitar los servicios gastronómicos a la mesa (solo domicilios) o cines.
En todo el territorio nacional queda prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, pero no se prohíbe la venta de bebidas embriagantes como tal.
En el país hay alrededor de 900 municipios, el 82% del territorio nacional, ‘no COVID’ o de ‘baja afectación de COVID’, lo que permitirá avanzar en una progresiva reactivación.