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Deportistas de 16 disciplinas ya reanudaron sus actividades

La Resolución 991 del Ministerio de Salud le dio luz verde a las actividades de entrenamiento para deportistas de alto rendimiento, profesionales y recreativos de 18 a 69 años, pero deben cumplir unos estrictos protocolos.

Publicado: junio 21, 2020, 3:30 pm

El protocolo bioseguridad que deben cumplir los deportistas de alto rendimiento, profesionales y recreativos en los entrenamientos acaba de ser emitido por el Ministerio de Salud mediante la Resolución 991 de 2020, destacando que se podrán practicar entrenamiento en 16 actividades deportivas individuales y al aire libre.

Dicho acto administrativo define que para el caso de los deportistas de alto rendimiento estos deben pertenecer a una federación deportiva, liga o a los seleccionados departamentales en las modalidades deportivas de practica individual y al aire libre, tales como arquería, atletismo, actividades acuáticas y sub-acuáticas, canotaje, ciclismo de ruta, ecuestre, esquí, golf, levantamiento de pesas, patinaje, surf, tenis, tiro, triatlón y vela.

Estos deportes, a excepción de las actividades acuáticas y sub-acuáticas en piscina, también podrán ser practicados por los deportistas recreativos en las edades entre los 18 y 69 años.

El protocolo aplica para los responsables de los escenarios donde se realizan las actividades deportivas.

Medidas de bioseguridad a seguir

Basado en la evidencia de la efectividad del lavado de manos, distanciamiento físico y uso de tapabocas, el protocolo define que estas medidas son de obligatorio cumplimiento para la práctica deportiva, adicional de fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos e insumos, manejo de residuos producto de la actividad deportiva y adecuado uso de los elementos de protección personal.

Por ello, los clubes deportivos deben garantizar a los deportistas:

Lavado de manos por lo menos seis veces al día por turnos y seguimientos por parte de los responsables.
Distanciamiento físico de 2 metros entre personas, evitando reuniones, utilizando ayudas tecnologías para evitar conglomeraciones, limitando el intercambio de documentos u objetos, turnos para el uso de los escenarios.
Distancias sociales de 5 metros para caminata rápida, 10 metros para carrera rápida y 20 metros para ciclismo rápido.
Uso de tapabocas permanente por parte del atleta y del personal de apoyo, antes, durante y después del entrenamiento.

Los clubes deportivos deben garantizar a los deportistas, entrenadores y demás personal, los elementos de protección personal tales como tapabocas, alcohol glicerinado al 60% mínimo.

Sin embargo, no se recomienda el uso de guantes, salvo si se van a manipular residuos o realizar limpiezas.

Adicionalmente, durante las actividades se deben evitar abrazos, saludos de mano y besos, se prohíbe escupir y el personal de apoyo debe usar el tapabocas permanentemente.

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