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Municipios no pueden prohibir actividades mineras en forma unilateral

A pesar de ello, la Corte Constitucional exhortó al Congreso para que, en el menor tiempo posible, defina mecanismos de participación ciudadana, en la definición, ejecución y seguimiento de las actividades de hidrocarburos y de minería.

Publicado: agosto 11, 2019, 7:44 pm

En un fallo de hondas repercusiones, la Corte Constitucional señaló que los municipios no pueden prohibir las actividades relacionadas con la minería y los hidrocarburos mediante acuerdos o instrumentos de ordenamiento territorial.

En un fallo de tutela, el máximo tribunal en materia constitucional aclaró, sin embargo, que ni la Nación (nivel nacional o central) ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de suelo y subsuelo. 

En consecuencia, las entidades territoriales, no cuentan con competencia absoluta sobre los recursos del subsuelo, ni tampoco poder de veto respecto a la realización de actividades para la explotación del subsuelo, de acuerdo con una lectura e interpretación sistemática de la Constitución.

El fallo se produjo a raíz de un Acuerdo del Concejo de Urrao, Antioquia, mediante el cual, a finales de 2017, se dictaron unas “medidas para para la defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio”, las cuales en la práctica prohibían el desarrollo de actividades mineras de metálicos y la gran y mediana minería de los demás minerales.

Y aunque un fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia declaró sin validez el Acuerdo, un grupo de ciudadanos interpuso una tutela ante la Corte, a comienzos del año pasado, argumentando que la providencia judicial incurrió en una violación directa de la Carta Política.

Según el Ministerio de Minas y Energía, los acuerdos municipales que prohíben actividades mineras y declaran zonas excluidas de la minería, contrarían las normas de ordenamiento territorial y administración de los recursos naturales, así como también violan directamente los principios de Estado unitario y autonomía territorial.

A pesar de ello, la Corte exhortó al Congreso de la República a que, en el menor tiempo posible, defina mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación y concurrencia nación territorio, para asegurar que las entidades territoriales concurran en la definición, ejecución y seguimiento de las actividades de hidrocarburos y de minería.

Consciente de la inconformidad que existe en muchas zonas productoras, el Gobierno tiene todo listo para llevar al Congreso una reforma al sistema de regalías con el fin de aumentar hasta el 25% el monto que percibirían. 

En la actualidad los recursos que de Sistema General de Regalías (SGR) se distribuyen entre todos los departamentos y municipios del país, a través del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, Fondo de Desarrollo Regional y Fondo de Compensación Regional. 

A pesar de ello, más de $10 billones se quedaron sin ser ejecutados el año pasado, por lo cual dichos recursos se sumarán al presupuesto bianual de 2019 y 2020, que supera los $34 billones (incluyendo la primera cifra).

 

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