Entre el 9 y 23 de mayo las Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas tendrán plazo para presentar y pagar la obligación del Impuesto a la Riqueza, según confirmó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Este es el plazo para presentar la declaración y pagar la primera cuota del Impuesto a la Riqueza (año gravable 2018), atendiendo el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del declarante que consta en el certificado del Registro Único Tributario (RUT).
La DIAN recordó que el plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a 41 Unidades de Valor Tributario UVT, es decir, $ 1’359.000 valor año 2018, vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la respectiva declaración, y debe cancelarse en una sola cuota.
Por otro lado, los responsables de presentar y pagar la Declaración Bimensual del Impuesto Sobre las Ventas – IVA, correspondiente al período marzo-abril, deben hacerlo entre el 9 y 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT. A este impuesto están obligados los grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del 2017, sean iguales o superiores a noventa y dos mil 92.000 UVT, es decir $2.931’028.000.
Para los responsables por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en al año 2013 se les autorizó el plazo el plazo para presentar la declaración del segundo bimestre del Impuesto Sobre las Ventas y cancelar el valor a pagar, vencerá el día 25 de mayo de 2018.
Responsables de IVA Cuatrimestral
Los responsables de presentar y pagar la Declaración Cuatrimestral del IVA, correspondiente al periodo enero-abril, deben hacerlo entre el 9 y el 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
Los obligados a pagar este impuesto son personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del 2017 sean inferiores a noventa y dos mil 92.000 UVT, es decir $2.931’028.000. Tanto los responsables bimestrales como cuatrimestrales del IVA, no están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre las ventas siempre y cuando durante este período no hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto, ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.
Responsables Impuesto Nacional al Consumo
Los responsables a declarar y pagar de manera bimestral, período (marzo-abril), el impuesto nacional al consumo, deben hacerlo entre el 9 y el 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
Responsables de Retención en la Fuente
Igualmente, los responsables de presentar y pagar la Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente, correspondientes a abril, deben hacerlo entre las fechas antes mencionadas, de acuerdo con el último dígito de su NIT. A este impuesto están obligados los agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta y Complementario y, o Impuesto de Timbre, y, o Impuesto Sobre las Ventas, así como los Autorretenedores del Impuesto Sobre la Renta.