El Ministerio de Trabajo recordó a los empleadores que hasta el 30 de junio tiene plazo para pagar la prima de servicios, que hace parte de las prestaciones sociales legales otorgadas como compensación a la labor desarrollada por parte de un empleado dependiente.
«Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, a efectuarse en dos pagos: en junio y diciembre”, recordó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
De los 22 millones 539 mil ocupados que se registraron en 2020, 5 millones 881 mil manifestaron haber recibido prima de servicios. Se estima que para el 2021, el número de ocupados que puede llegar a recibir este reconocimiento supere los 6 millones, según cálculos del Grupo de Información Laboral de la Subdirección de Análisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral de MinTrabajo.
Cabe destacar que las empleadas domésticas, jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras se les debe hace el pago de esta prestación en las fechas estipuladas por la ley.
“El no pago de la prima de servicios a un trabajador, puede traer como consecuencia la imposición de multas de 1 a 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a su vez, puede generar que los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago”, recalcó el Ministerio.