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Empresas multinivel no deben negociar con monedas virtuales

La Superintendencia de Sociedades advirtió que las empresas multinivel, así como personas naturales y jurídicas que promuevan las llamadas pirámides, no están autorizadas para utilizar criptomonedas.

Publicado: mayo 11, 2018, 4:02 am

Con el auge de la divisa virtual, cada vez más empresas se están aprovechando de sus usuarios para ofrecerles este servicio sin estar autorizados.

A través de un comunicado, la Supersociedades advirtió que ninguna sociedad está autorizada para comercializar por el sistema multinivel, monedas virtuales, inversiones en Forex o servicios de educación financiera.

El pronunciamiento de la entidad  se da luego de una serie de inquietudes de la ciudadanía que han intentado engañar.

Por otra parte, la Supersociedades aclaro que cualquier persona que promocione por cualquier medio pirámides o esquemas de captación masiva será responsable penal y civilmente por sus actuaciones.

La entidad también hizo un llamado a la ciudadanía para que se abstenga de “entregar” sus recursos a empresas, esquemas, proyectos, supuestas sociedades mercantiles, filiales o sucursales extranjeras cuya actividad económica promovida sea inusual y prometa rendimientos desproporcionados, sin una justificación financiera razonable.

Por otra parte, la entidad advirtió que, ademas de la comercialización de criptomonedas, las organizaciones multinivel tienen prohibido:

  1. Servicios o productos cuya prestación constituya la actividad principal de cualquiera de las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera.
  1. Venta o colocación de valores, incluyendo tanto los que aparecen enumerados en la Ley 964de 2005, como todos los demás valores mediante los cuales se capten recursos del público (….)
  1. Servicios relacionados con la promoción y la negociación de valores.
  1. Alimentos altamente perecederos, u otros que deban ser sometidos a cuidados especiales para su conservación por razones de salubridad pública.
  1. Bienes o servicios que requieran para su uso, aplicación o consumo, prescripción por parte de un profesional de la salud”.

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