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El fin del mundo en materia de derecho corporativo

firmar hoy que el Gobierno Corporativo es una obra “acabada”, resulta cuando menos curioso pues no solo desconoce dinámicas socioeconómicas, sino que también deja de lado un aspecto esencial de la humanidad: el cambio constante.

Publicado: noviembre 19, 2021, 4:00 pm

Por: Julián Felipe Rojas R.**

Hace algunos años, dos autores publicaron un trabajo de investigación que sostenía que no hay lugar a capítulos adicionales de la historia del Gobierno Corporativo, que el mismo es una historia acabada. Dos fueron las principales razones que justificaron dicha afirmación: la primera, es el consenso que según ellos se alcanzó con el hecho de que los administradores deben actuar en beneficio exclusivo de los intereses económicos de los accionistas (incluyendo los accionistas minoritarios); y, la segunda, el reconocimiento del éxito que según ellos tuvieron los sistemas del Reino Unido y Estados Unidos en esta materia, y su influencia en otras jurisdicciones gracias a  la difusión de los principios de la propiedad accionaria a países en vías de desarrollo, y a la participación cada vez mayor de accionistas provenientes de dichas jurisdicciones.

Sin perjuicio de lo atractivo del título, la crisis mundial de 2008 (así como todas aquellas “pequeñas” crisis que desde entonces se han presentado) y la pandemia del Covid 19 que estamos atravesando, nos obligan a repensar dicha la conclusión. Afirmar hoy que el Gobierno Corporativo es una obra “acabada”, resulta cuando menos curioso pues no solo desconoce dinámicas socioeconómicas, sino que también deja de lado un aspecto esencial de la humanidad: el cambio constante.

Pero, ¿por qué traer este tema en este momento del año? ¿Por qué en medio de la pandemia? Aunque las cifras en materia de crecimiento económico, generación de empleo y desarrollo de distintos sectores son alentadoras, tal como debe ocurrir al final de un momento difícil, el grupo directivo y los socios deben parar, pensar; resulta fundamental identificar aquellas cosas que estamos haciendo bien (y en las que debemos insistir); aquellas que son susceptibles de mejora y aquellas que no hemos implementado, pero cuya importancia se hizo manifiesta durante los últimos 18 meses. A continuación, destaco algunos aspectos en los cuales es necesario insistir desde el punto de vista práctico:

1. Entrega de Información. No se trata solo de entregar información sino que la misma llegue a quienes la requieran para su análisis, de la forma correcta y en la oportunidad precisa.

2. Independencia en los miembros de Junta–Capacitación. La independencia por la independencia debe ser atajada. La selección de miembros de Junta que, aunque independientes, tengan las calidades requeridas para participar de un órgano como este y cuenten con toda la información requerida para el efecto, debe ser el fin último de los socios.

3. Plan de sucesión. Resulta necesaria (en especial en Colombia dada la importancia que tienen las empresas familiares) la implementación de planes de sucesión, no solo entre los accionistas sino también entre el equipo directivo. Las reglas deben ser claras en materia de sucesión, así como los procedimientos que deben agotarse en caso, por ejemplo, de requerir reemplazos al interior del equipo directivo, sin que se cuente con el talento necesario al interior de la organización.

4. Igualdad. Igualdad, igualdad, igualdad, debe ser lo que todo el equipo directivo repita al levantarse. Es necesario garantizar este principio no solo entre los accionistas, sino también entre los miembros del equipo directivo.

 1. Hansmann, H, Kraakman, R, The end of history for Corporate Law, Harvard aw School, http://www.law.harvard.edu/programs/olin_center/papers/pdf/280.pdf, acceso el 17 de noviembre de 2021. 

A diferencia de lo expuesto en el 2008, y aunque el Gobierno Corporativo se base en principios fundamentales, la forma en la que los mismos se desarrollan a través de cada una de sus prácticas, cambia, evoluciona; es obligación tanto de los directivos como de los accionistas, “mantener el paso” de esas nuevas dinámicas para adoptar las mejores prácticas en cada ente económico.

 

** Socio del área de derecho corporativo de Pinilla, González & Prieto Abogados

 

 

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