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Pago a trabajadores domésticos debe cumplirse como lo estipula la Ley

695.000 personas se encontraban ocupadas en servicio doméstico, según estimaciones de la Gran Encuesta de Hogares del Dane, en el primer semestre de 2017.

En el primer semestre del año había alrededor de 695 mil personas ocupadas en el servicio doméstico. En la foto: Fredys Socarrás Reales, Ministro de Trabajo encargado.

Publicado: octubre 6, 2017, 3:01 pm

El ministro encargado de Trabajo, Fredys Socarrás Reales, durante una intervención en la comisión séptima de la Cámara de Representantes, donde se debatió sobre los avances del Gobierno Nacional en la formalización del trabajo doméstico y la implementación de la Ley 1788 de 2016 que precisamente beneficia a los trabajadores de este sector, señaló que “en el Ministerio persiste la voluntad de fortalecer la inclusión social”, motivo por el que calificó la Ley “como una de las mejores aprobadas durante este cuatrenio, puesto que contribuye a la reducción de la brecha laboral”.

En su exposición recordó que la prima de servicios a la que hace referencia la Ley 1788, es una prestación social que tiene su causa jurídica en el contrato de trabajo, por efecto del cual se establece una relación individual de trabajo entre el empleador y el trabajador.

Compartió las estimaciones de la Gran Encuesta Integrada de Hogares, GEIH del DANE, que para el primer semestre de 2016, registraba aproximadamente 674 mil 500 personas como ocupadas en servicio doméstico remunerado, mientras para el primer semestre de 2017, se identificaron alrededor de 695 mil personas ocupadas en la misma labor, estadística en la cual el 95,5% corresponde a mujeres y el 4,5% a hombres.

La Superintendencia de Subsidio Familiar, a mayo 31 del presente año, reportó un total de 108 mil 864 trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico afiliados al Sistema de Subsidio Familiar, en cumplimiento al Decreto 721 de 2013.

Avances de difusión

El alto funcionario agregó que para el Ministerio es fundamental la apropiación y cumplimiento de la Ley, por lo que desde la Red Nacional de Formalización Laboral, que hace presencia en las 34 Direcciones Territoriales de la entidad, se trabaja en la difusión de los contenidos normativos y en concientizar a los trabajadores de su condición de titulares de derechos y obligaciones y en la importancia que tiene para el empleador la observancia de la normatividad que rige las relaciones laborales.

Al exponer los avances, el Ministro encargado Socarrás Reales, indicó que ha habido dificultades para hacer efectivo el pago de la prima de servicios a los trabajadores domésticos, una de ellas es que por lo general quien asume ese pago es un asalariado, lo que afecta su presupuesto al no ser una actividad empresarial para la familia, “otro obstáculo ha sido el desconocimiento de la normatividad aplicable”, precisó.

Finalmente, dijo que se velará por el cumplimiento de la Ley 1788, así como en promoverla y continuar con las acciones que se requieran para su divulgación.

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