El Gobierno Nacional expidió un nuevo decreto mediante el cual las actividades acreditadas que estén relacionadas con la profesión o disciplina académica deberán ser certificadas y tenidas en cuenta como experiencia laboral.
Según el decreto, las prácticas laborales, pasantías, judicaturas, monitorías, contratos laborales, contratos de prestación de servicios y la participación en grupos de investigación debidamente certificados serán acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado.
Al respecto, el Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó que esta normativa establece mecanismos que posibilitan “romper con la brecha de empleabilidad que enfrentan los estudiantes que buscan ingresar al mercado laboral”.
Asimismo, la ley señala que la institución educativa a la que se encuentre adscrito el estudiante deberá emitir una Certificación de experiencia profesional previa, en la cual deberá señalar: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio y terminación, así como las actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.
Entre tanto, la norma incluye todas las modalidades de educación superior, «en sus niveles técnico profesional, tecnológico y universitario, estudiantes de educación para el trabajo y desarrollo humano, de formación profesional integral del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), de escuelas normales superiores, o estudiantes de la oferta de formación por competencias a la que se refiere el cuarto inciso del artículo 194 de la Ley 1955 de 2019”
Una buena noticia para los estudiantes de educación superior en proceso de graduarse. Con @MintrabajoCol, emitimos Decreto 616 de 2021, que permite que sus prácticas profesionales sean certificadas y tenidas en cuenta como experiencia laboral, dinamizando acceso al primer empleo.
— Iván Duque 🇨🇴 (@IvanDuque) June 9, 2021