El ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, radicó en la Secretaría General de la Cámara de Representantes, el proyecto de ley que le dará continuidad a las medidas introducidas por la Ley de Financiamiento, la cual fue declarada inexequible por vicios de forma por la Corte Constitucional.
La propuesta propone ratificar las disposiciones contenidas en la Ley 1943 de 2018, con los ajustes mínimos necesarios para eliminar o modificar aquellas disposiciones que:
(i) Cumplieron con su objetivo en el año 2019, porque tenían una vigencia limitada a ese año y no se consideró pertinente volver a establecerlas para el 2020 y siguientes,
(ii) Establecían un plazo o transición para que los contribuyentes se ajustaran a las nuevas medidas, con el fin de eliminarlos para aquellos casos en los que se estimó innecesario volver a otorgarlos por haber accedido a los mismos,
(iii) Al hacer referencia al año 2019 naturalmente debían ser actualizadas al año 2020 o debía hacerse referencia explícita a la Ley 1943 de 2018 y,
(iv) Fueron modificadas por la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”.
Según el funcionario, la decisión se basa en el impacto que ha tenido en cifras clave para el país, como el crecimiento económico, la inversión en diferentes frentes y la creación de empresas.
“La evolución del PIB en el primer semestre de este año, de acuerdo con los últimos datos que tenemos, duplica a la mayoría de países de nuestra región y eso es un primer resultado que achacamos a la Ley”, señaló.
Agregó que “la economía colombiana viene creciendo a un ritmo anualizado que se aproxima al 6%, el gran rebote que ha tenido la economía, el buen comportamiento que está teniendo en todos los indicadores justifica nuestra convicción de que esta es una Ley que ha sido muy buena para la economía de este país”.
El Congreso tiene plazo hasta mediados de diciembre para aprobar la reforma tributaria.
En caso de que una nueva reforma no sea aprobada, la decisión de la Corte establece que, a partir del 1 de enero de 2020, el régimen tributario existente antes de la Ley 1943, el cual había sido modificado o derogado por ella, entraría de nuevo en vigor.