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10 cambios que impactarán el comercio exterior

Con el nuevo estatuto aduanero, habrá algunos cambios regulatorios que las empresas deberán tener en cuenta.

Publicado: agosto 22, 2019, 5:06 pm

Mediante la expedición del Decreto 1165 de 2019, que acaba de entrar en vigencia, el gobierno nacional busca consolidar la regulación aduanera para facilitar las operaciones de comercio exterior y dictar reglas claras para garantizar el control adecuado de las importaciones y exportaciones a nivel nacional.

Estos son los principales cambios introducidos por el nuevo Estatuto Aduanero:

  1. Estabilidad Jurídica 
    Con este nuevo documento, que compila las disposiciones en materia aduanera y deroga las disposiciones anteriores (Decretos 2685 de 1999 y 390 de 2019, al igual que el Decreto 2147 sobre zonas francas), la DIAN recupera la institucionalidad y se cierran las brechas por diferencia de interpretaciones sobre vigencias, al tener un solo documento vigente en su totalidad.

  2. Incorporación y ajuste a definiciones

    Incorpora nuevas definiciones como certificación de origen no preferencial, destinatario, inspección previa, mandato aduanero, servicios informáticos electrónicos y sustituye el término operador de comercio exterior por el de usuario aduanero. Se modifican las definiciones deendoso aduaneromedios irregulares, residente en el exterior, tráfico postal, tributos aduaneros y zona primaria aduanera

  3. Cambios relevantes para las Agencias de aduanas

    Estas entrarán a responder administrativamente por las faltas aduaneras que llegaren a cometer o cuando incidan en las faltas en que incurran sus mandantes. También tendrán responsabilidad directa por el pago de los tributos aduaneros y sanciones en los casos que determine la Ley, entre otros.

  4. Bienes de capital 

    Se disminuye la garantía al 50% y se amplía el término a dos años para los bienes de capital, aeronaves, embarcaciones marítimas o fluviales que ingresen temporalmente al país para reparación o acondicionamiento.

  5. Modalidad de Viajeros.

    Se amplía el cupo de mercancía para la modalidad de Viajeros de 4.000 a 5.000, así: para el equipaje de franquicia se aumenta el cupo a USD 2.000 y para el equipaje con tributo único también a USD 3.000 y se prescribe el formulario 530 para la declaración de equipaje, dinero y títulos representativos a menos de que el viajero tenga algo que declarar en su ingreso al país. 

  6. Economía naranja

    Se reafirman incentivos aduaneros, específicamente para la industria audiovisual en cuanto a importación de equipos profesionales de cinematografía, obras audiovisuales de cualquier género y películas cinematográficas, siempre y cuando se cuente con el visto bueno del Ministerio de Cultura.

  7. Legalizaciones y rescate

    Se extiende de 15 a 30 días la legalización y rescate de las mercancías, la cual podrá realizarse con o sin pago de rescate, tanto en temas de sobrantes como de errores u omisiones parciales en la descripción de las mercancías. 

  8. Centros de distribución logística internacional

    Como novedad, se establece que los Centros de Distribución pueden coexistir con depósitos públicos, siempre y cuando el titular del predio sea el mismo dueño del puerto o Aeropuerto, así mismo, se permite que se amplíen a lugares no adyacentes, siempre que el área este ubicada dentro del mismo puerto, aeropuerto o infraestructura logística especializada. 

  9. Depósitos públicos 

    Con el fin de mantener la seguridad aduanera se dispuso que los depósitos públicos puedan almacenar y custodiar mercancía nacional o nacionalizada sin que las mismas deban estar separadas dentro del depósito, pero si deberán poder ser identificadas y ubicadas, electrónicamente, en cualquier momento. 

  10. Sanciones

    Las sanciones vigentes estaban tasadas en salarios mínimos legales mensuales y ahora, el nuevo decreto las determina en Unidades de Valor Tributario (UVT).

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