Publicado: mayo 12, 2020, 12:49 pm
Los ministerios de Vivienda, Ciudad y Territorio y de Transporte comunicaron las exigencias que deben tener en cuenta las empresas de transporte de carga por medio de las cuales se efectuarán esas mudanzas o trasteos.
El decreto de aislamiento preventivo inteligente define que se deben garantizar la movilidad y el transporte de carga, almacenamiento y logística. Bajo esta perspectiva, el transporte de carga está excepcionado del aislamiento preventivo obligatorio en el que se encuentra el país.
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En consecuencia, las mudanzas o trasteos podrán desarrollarse con el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad definidos para este sector y algunos requisitos adicionales.
¿Cómo hacer las mudanzas?
Las personas que estén interesadas podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte de carga, pero solo con estricto cumplimiento, por parte del interesado y de la compañía prestadora, de los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo del Covid-19 establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esto deberá verificarlo la autoridad territorial correspondiente.
La prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeta a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.
Finalmente, los interesados como las empresas prestadoras de este transporte deberán cumplir las demás directrices que han dispuesto el Gobierno Nacional y las entidades territoriales como autoridades dentro de cada jurisdicción.