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Secretaría de Movilidad dice que sí ha notificado a infractores

En respuesta al llamado de atención que hizo la Personería de Bogotá sobre las quejas de ciudadanos que no eran comunicados de una manera oportuna sobre la imposición de dicha sanción, la autoridad de tránsito verificó el procedimiento.

Foto: Alcaldía de Bogotá

Publicado: enero 29, 2020, 12:28 pm

En octubre del año pasado, la Personería de Bogotá informó que los ciudadanos no se estaban enterando de la existencia de los comparendos, aún cuando este aviso aumenta la probabilidad de que el ciudadano sea informado de la imposición de una orden de comparendo.

El comparendo es una orden que expide la autoridad de tránsito para que el ciudadano infractor comparezca ante la autoridad de tránsito. La notificación de dicho comparendo surte en el instante mismo en que el agente de tránsito lo expide en la vía o cuando es enviado a la dirección de notificaciones registrada por el ciudadano ante el RUNT (en el evento de advertirse la infracción por medios electrónicos), sin embargo, muchas veces no es posible localizar a los ciudadanos en el momento de entregar los comparendos en  el lugar de correspondencia.

La notificación se envía en dos oportunidades diferentes, luego de lo cual, si no es posible encontrar al ciudadano, se hace el proceso de notificación por aviso de la orden de comparendo de acuerdo con lo que indica la Ley 1843 de 2017 en su artículo 8º. Ahora, el formato incluye la indicación del motivo de la entrega e invita al ciudadano a notificarse personalmente.

Referente a la afirmación de la Personería de Bogotá sobre que los cobros persuasivos no siguen el debido proceso, la Secretaría de Movilidad dijo que en 2019 se realizaron a través de medio físico, electrónico y por mensaje de texto un total de 1.9952.513 cobros persuasivos que indican el respeto a los parámetros establecidos por la Ley y el derecho a la defensa de los ciudadanos.

Frente al tema de los embargos, este año se generaron 32.182 embargos en 59.922 obligaciones, a los cuales se les realizó el cobro persuasivo previo a la medida cautelar (embargo). Y en cuanto a los desembargos, la autoridad de tránsito señaló que realiza el levantamiento de la medida en el momento en que el ciudadano hace el pago de la obligación o se tiene un título de depósito judicial que garantice la misma.

Sobre los tramitadores, una de las estrategias ha sido estandarizar los formatos con el fin de que el ciudadano realice sus solicitudes y trámites ante la Entidad sin intervención de terceros. Igualmente, dispuso en la sede de Paloquemao (ubicada en la carrera 28A # 17A-20), dos puntos de atención directa al ciudadano, donde se les informa el estado del trámite y se les ofrece información personalizada.

En fase de pilotaje, se está intentando implementar un proceso más ágil para agendar citas, en función de la disponibilidad de los usuarios que les permitan concretar sus acuerdos de pagos.

 

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