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Contribuyentes que registraron facturas ficticias podrán rectificarse

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le dará la oportunidad a las personas que inscribieron en sus declaraciones tributarias facturas de compra o venta ficticias para que informen sobre su acciones de evasión de impuestos sin que esto tenga consecuencias penales.

Publicado: agosto 28, 2019, 10:23 pm

Esta actividad fue ejecutada en el marco de jornadas implementadas por la DIAN en los últimos dos meses a través de las cuales se ha recaudado $6.6 billones por gestión de cobro y $1.2 billones, como resultado de las acciones de fiscalización tributaria.

Los controles han puesto en evidencia operaciones criminales de fraude por medio de la venta de facturas que amparan compras y ventas ficticias carentes de sustancia económica, con el único fin de generar descuentos o gastos inexistentes, dando lugar a pagar menos impuestos.

De acuerdo con el Director de Fiscalización de la entidad, Luis Carlos Quevedo Cerpa, «los contribuyentes deben acercarse a las Divisiones de Gestión de Fiscalización de su domicilio fiscal, en caso de requerir alguna información adicional para proceder a dicha corrección, con el objeto de subsanar dicha irregularidad desde el punto de vista administrativo». Además, contadores o revisores fiscales que hayan firmado las declaraciones tributarias en las cuales se hayan utilizado costos o gastos inexistentes también deberán asumir responsabilidad, añadió el directivo.

Así mismo, el directivo advirtió de la responsabilidad que recae sobre contadores o revisores fiscales que hayan firmado las declaraciones tributarias en las cuales se hayan utilizado costos o gastos inexistentes. y la consecuencia para los contribuyentes que realizan operaciones con quienes han sido declarados como proveedores ficticios es la no deducibilidad en el Impuesto Sobre la Renta y Complementario, ni tampoco a impuestos descontables en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El listado de quienes han sido declarados como proveedor ficticio, en todo el país, puede ser consultado en: https://www.dian.gov.co/Proveedores_Ficticios/Proveedores_Ficticio_%2020062019.pdf

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