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Cuenta regresiva para que las empresas ajusten sus precios de transferencia

Tres meses de plazo tienen los contribuyentes sujetos al régimen de precios de transferencia para preparar sus nuevas obligaciones tras los ajustes de la reforma tributaria.

Los problemas de financiación representan un dolor de cabeza para las pequeñas, medianas empresas y emprendedores.

Publicado: agosto 6, 2018, 5:05 am

Tras la adopción de los estándares internacionales pactados como resultado de la Acción 13 del proyecto BEPS G20/OCDE, que pretenden fortalecer los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal en el mundo. La reforma tributaria en Colombia introdujo la obligatoriedad de presentar tres niveles de documentación comprobatoria para las organizaciones sujetas al régimen de precios de transferencia. Estos son: el Informe Local, el Informe Maestro y el Reporte País por País.
 
Este nuevo enfoque en la Documentación Comprobatoria requiere que las compañías revelen ante la DIAN mayores detalles sobre sus operaciones a nivel mundial y coordinen con sus matrices organizacionales el envío de esta información.
 
Según Luis Miguel Jiménez, gerente de Precios de Transferencia de BDO en Colombia, “entre las oportunidades estarían la detección de posiciones tributarias riesgosas al interior del grupo, el desarrollo de políticas de precios de transferencia más robustas y el impulso de planeaciones tributarias que deriven en estructuras eficientes y con mayor sustancia. Desde la perspectiva de las autoridades tributarias, el nuevo enfoque genera una mayor transparencia, lo que podría reducir las fiscalizaciones”.
 
Sobre los riegos, Jiménez considera que al divulgar mayor información, las compañías deberán alinear sus informes locales con los datos y contenido del Informe Maestro y el Reporte País por País, ya que la falta de consistencia entre estos documentos podría generar alertas a la Autoridad Tributaria. Así mismo, se podrían generar riesgos de cara al cumplimiento en la presentación de estas obligaciones y será fundamental la coordinación minuciosa al interior del grupo para la entrega oportuna de la información.
 
Si bien, en términos generales las compañías colombianas que tienen operaciones con entes vinculados cumplen con el régimen de precios de transferencia; la adopción del enfoque de tres niveles, así como otros importantes cambios introducidos a la normativa, crean confusiones.
 
Sin embargo, según Luis Miguel “tanto los contribuyentes como el fisco deben observar estos cambios como una oportunidad para corregir la aplicación de metodologías erradas en la valoración de transacciones inter-compañías, que en todo caso deberían estar ahora en línea con estándares internacionales.
 
Esta situación, al final debería permitir una mayor confianza entre la autoridad tributaria y el contribuyente, lo que sin duda terminará por reducir las cargas tributarias y legales que actualmente enfrentan algunas organizaciones”.
 
Dicho esto, los contribuyentes en Colombia que durante el año gravable 2017 hayan desarrollado operaciones con vinculados económicos en el exterior, Zonas Francas o terceros en paraísos fiscales (cuyo patrimonio bruto exceda los 3.186 millones de pesos, o que registre ingresos brutos anuales por más de 1.944 millones), estarán sujetos al régimen de precios de transferencia y deberán evaluar qué informes deben preparar y presentar ante la DIAN.  
 
En este sentido, el experto de BDO en Colombia indica que “Dependiendo de los montos transados en las operaciones sometidas al régimen, los contribuyentes podrían estar obligados a preparar un Informe Local; que busca demostrar mediante análisis económico que las operaciones desarrolladas por el contribuyente se hicieron a valores de mercado.” 
 
Un segundo nivel que hace parte de la Documentación Comprobatoria es el Informe Maestro que sigue los lineamientos descritos en las directrices de la OCDE y aporta una visión general del negocio del conglomerado al que pertenece el contribuyente.
 
Según el experto “Si un contribuyente es parte de un grupo multinacional y se encuentra obligado a presentar Informe Local, también deberá preparar y presentar el Informe Maestro”. 
 
En adición a las obligaciones descritas,  como parte de la Documentación Comprobatoria la legislación también incorporó el Informe País por País. Este es un formato estandarizado que contiene información relativa a la asignación global de ingresos e impuestos pagados por cada entidad del grupo.
 
Al respecto, Jiménez sostiene que “es necesario explicar que mientras el Informe Maestro explica en palabras la generación de valor al interior del grupo. El Reporte País por País es un Excel que muestra en números las cifras más relevantes del grupo multinacional y es una herramienta poderosa para los fiscos del mundo en la detección de traslados artificiosos de utilidades”.
 
Los contribuyentes sujetos al Informe País por País son las matrices de grupos multinacionales con sede en Colombia, que registran ingresos consolidados superiores a 2.5 billones de pesos.  Para el caso de subsidiarias domiciliadas en nuestro país, se debe notificar a la autoridad tributaria si el grupo al que pertenecen estas empresas está obligado a presentar el Informe País por País y en qué jurisdicción se presentó. Esta notificación se hará con ocasión de la presentación de la Declaración Informativa de precios de  transferencia para el ejercicio 2017. 
 

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