El teletrabajo es una actividad, no un lugar, se suele decir con frecuencia para aludir a una realidad que aceleró la pandemia: el trabajo en casa de millones de empleados en el mundo.
De hecho, esta semana el Senado aprobó, en último debate, el proyecto que regula el trabajo en casa, al cual solo le resta la conciliación en las plenarias del Congreso para pasar a sanción presidencial.
“El trabajo en casa es una modalidad de tipo excepcional, temporal, por efectos de circunstancias que ameritan hacerlo, como la que estamos viviendo hoy, como es la pandemia”, explica el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
Según el funcionario, se trata de un acuerdo de voluntades entre el empleador y el trabajador, en la cual el contrato de trabajo que se firmó inicialmente, se debe mantener con la figura de trabajo en casa,
Cabrera también precisó que el proyecto de ley no refiere al Teletrabajo, figura que ya se encuentra regulada por la ley. Al respecto, añadió que “el trabajo en casa es una medida excepcional y temporal para preservar el empleo en medio de la pandemia”.
Richard Aguilar, senador y coautor del proyecto que reglamenta el trabajo en casa, explica que el objetivo de la iniciativa es proteger al trabajador de “la posición dominante del empleador”.
En diálogo con RCN Radio, manifestó que el proyecto le da la posibilidad al empleado de desconectarse de su trabajo, para tener tiempo libre.
“Está regulando el derecho a la desconexión laboral. Vemos que existe una hiperconectividad generando problemas de salud mental y por eso el empleador debe respetar los horarios establecidos en el contrato original, o pactar un acuerdo escrito sobre los horarios de trabajo en casa”, dijo.
También explicó que las ARL tendrán que acreditar que se pueda hacer ese trabajo en casa, “tienen que hacer una visita y debe certificar que existan dichas condiciones so pena de no avalar el trabajo en casa”.
Aspectos relevantes
• Derecho a la desconexión laboral: todo empleado que ejerza sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa tiene derecho a que se le respeten los horarios de trabajo pactados en el contrato inicial.
• Jornada máxima será de 8 horas diarias y 48 horas a la semana.
• Las horas extra no podrán superar las dos horas diarias ni las 12 horas semanales.
• El trabajador debe realizar su carga habitual de trabajo y no debe tener sobrecargas adicionales.
• Los empleadores deben promover las pausas activas.
• Se debe respetar la vida personal y los descansos a los que tiene derecho el trabajador.
• Auxilio a la conectividad digital. Este es uno de los beneficios que se reglamentó en el proyecto de ley sobre trabajo en casa, para aquellas personas que ganan hasta dos salarios mínimos y reciben el auxilio de transporte bajo la modalidad de trabajo presencial.
• De esta forma, los $106.454 del auxilio de transporte, deben ser destinados por el empleador para para cubrir gastos de conectividad del trabajador que esté trabajando desde casa.
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