El Ministerio de Hacienda reveló el decreto 682 del 21 de mayo que establece las condiciones para los tres días sin IVA, en junio 19 y julio 3 y 19.
Entre los productos beneficiados por el no pago del IVA del 19% se encuentran: vestuario y complementos, elementos deportivos, juguetes, útiles escolares, electrodomésticos y bienes e insumos para el sector agropecuario.
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El decreto también fija los topes para acceder a este beneficio, de la siguiente manera:
En el caso del vestuario y complementos de vestuario, como accesorios y otras prendas, el tope será de un precio inferior o igual a los $712.140.
Para la compra de electrodomésticos y elementos deportivos los precios deber ser iguales o inferiores a $2.848.560.
En cuanto a los juguetes, el precio máximo deberá ser de $356.070 y, en el caso de los útiles escolares, que sea igual o inferior 178.035 pesos.
Los bienes o servicios para el sector agropecuario deben ser iguales o inferiores al monto de 2.848.560 pesos.
Los pagos solamente podrán efectuarse a través de tarjetas débito; crédito, y otros mecanismos de pago electrónico en los que intervenga al menos una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera.
La fecha del comprobante de pago (o voucher) por la adquisición de los bienes cubiertos deberá corresponder al mismo día en el cual se emite la factura o documento equivalente.
El consumidor final puede adquirir hasta tres (3) unidades del mismo bien cubierto y enajenado por el mismo responsable. Las empresas vendedoras deberán expedir factura, impresa o digital, especificando el día en que se vendió el artículo.
Consulte el Decreto 682: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20682%20DEL%2021%20DE%20MAYO%20DE%202020.pdf