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Así funciona el decreto de excarcelación de presos en el país

Para mitigar el impacto del Covid 19 en las cárceles del país, el gobierno emitió el decreto 546 que permite le beneficio de casa por cárcel a 4.000 presos en el país.

Publicado: abril 15, 2020, 4:20 pm

Desde hace varios días, las organizaciones que velan por los derechos humanos y las entidades prestadores de salud le habían solicitado al gobierno nacional que diera vía libre al decreto 546 para permitir el beneficio de casa por cárcel a los presos del país y así enviar la propagación del mismo en las entidades penitenciarias.

Aunque la presidencia tardó un poco en aprobarlo, finalmente empezó a regir a partir del 14 de abril y tendrá un duración de seis meses.

Según este documento, cerca de 4.000 presos de las cárceles colombianas podrán salir a cumplir sus condenas en sus casas, bajo estrictas medidas de vigilancia y así evitar el contagio en las cárceles que hoy en día tienen porcentajes de hacinamiento de más del 60% y donde la propagación del virus es inevitable.

El decreto llega justo en el momento preciso pues se confirmaron más de 15 pasos en la cárcel de Villavicencio y dos muertes por Covid 19 en esta misma institución. ¡Quiénes se beneficiarán?

La medida beneficia a los presos que hayan cumplido el 40% de sus condenas siendo estas de delitos menores, esto quiere decir que no aplica para los condenados por: homicidio, genocidio, crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales, narcotráfico, trata de personas, entre otros delitos graves.

Por otra parte, se verán beneficiados con la medida aquellos que hayan que tengan condenas de hasta cinco años, madres gestantes o con hijos menores de tres años, adultos mayores de 60 años, personas con enfermedades autoinmunes como VIH, insulinodependientes, trastorno pulmonar, anticoagulación, hepatitis B y hemofilia, artritis reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores, enfermedades coronarias, personas con trasplantes, enfermedades autoinmunes, enfermedades huérfanas.

Para obtener dicho beneficio, el preso deberá hacer la solicitud personalmente a través de su abogado, luego de esto un juez la evaluará y dará su concepto.

Una vez termine la medida, los presos deberán presentarse al establecimiento penitenciario donde se encontraban recluidos en un término de cinco días de finalizado el decreto.

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