Mañana entra en vigor el nuevo sistema de notificaciones del INSS para las incapacidades temporales o permanentes
Este martes, 1 de septiembre, la Seguridad Social introduce un cambio en las notificaciones para todas aquellas personas que hayan solicitado una incapacidad temporal o permanente. A partir de entonces, las cartas desaparecerán con el fin de dar paso a la vía electrónica para comunicar resoluciones o requerimientos. La modificación hace parte del esfuerzo de la Administración Pública para introducir herramientas de digitalización que puedan simplificar procesos burocráticos. Las notificaciones electrónicas se contemplan en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, que modifica la anterior Orden ISM/903/2020 relativa a las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Seguridad Social. La propia normativa se justifica en que los solicitantes de incapacidad, «por estar incorporados al mundo laboral o profesional (…), cuentan con conocimientos y medios suficientes para recibir las comunicaciones y notificaciones por estos medios». Cabe aclarar que la Administración no se olvida de quienes pueden presentar dificultades con el avance de la digitalización, como lo son, por ejemplo, las personas mayores o de zonas muy alejadas de los núcleos urbanos. De esta manera, «se introducen ciertas salvaguardas para garantizar que las actuaciones administrativas llegan a la persona destinataria». Cómo funcionan las nuevas notificaciones del INSSLa Seguridad Social podrá utilizar los datos de contacto disponibles para enviar un aviso al interesado cuando tenga una comunicación pendiente. Ese aviso puede llegar mediante SMS o correo electrónico. Pero ojo ahí: este mensaje sirve para informar de que existe una comunicación que debe consultarse; el documento con efectos legales estará disponible a través de los canales habilitados por la Administración, como lo es la sede electrónica de la Seguridad Social. Cabe recordar que, para que las notificaciones se lean a tiempo, se ha implementado un sistema de alertas para verificar el correo electrónico personal o el número de teléfono en las bases de datos de la entidad. En los casos en los que no se haya realizado esa gestión, las personas podrán ser atendidas presencialmente en una oficina. Para poder acceder a las comunicaciones, será necesario identificarse mediante alguno de los sistemas disponibles. Entre ellos se encuentran Cl@ve, el certificado digital y el DNI electrónico.Plazos para revisar las notificaciones La Administración Pública comunicará tanto la denegación, la prórroga o el reconocimiento de las prestaciones por incapacidad temporal o permanente; pero también las solicitudes de documentos. A partir de ahí, los solicitantes disponen de 10 días naturales para leer dichas notificaciones.

