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Superintendencia de Industria sanciona cartel de los lentes de contacto

La decisión afecta al Colegio Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO) por conductas anticompetitivas para impedir la entrada de nuevos competidores al mercado de comercialización de lentes de contacto.

Publicado: diciembre 17, 2019, 11:07 am

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, sancionó al Colegio Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO) tras demostrar que adelantó una serie de conductas contrarias al régimen de libre competencia, en el mercado de comercialización de lentes de contacto de producción en serie.

Igualmente, sancionó a nueve (9) personas naturales vinculadas con FEDOPTO por facilitar las conductas anticompetitivas.

En esencia, la estrategia anticompetitiva adelantada por FEDOPTO consistió en:

– La difusión de información imprecisa e inexacta respecto a la legalidad de la distribución en Colombia de lentes de contacto de producción en serie por internet.

– La propagación descontextualizada de información respecto a supuestos riesgos para la salud provocados por los lentes de contacto comercializados por internet.

– La participación activa en la creación de grupos de optómetras que buscaban interferir con el buen desarrollo de los nuevos comercializadores de lentes de contacto por internet, al divulgar en diferentes redes sociales (Facebook, Twitter, etc.) información y noticias falsas e inexactas sobre supuestos riesgos para la salud generados por lentes de contacto comercializados por internet.

– La inducción a otros agentes del mercado (usuarios, ópticas tradicionales y distribuidores de lentes de contacto en Colombia) a presentar denuncias infundadas contra las páginas de internet que comercializaran lentes de contacto.

-Conductas encaminadas a romper e impedir todo tipo de relación comercial entre los comercializadores de lentes de contacto por internet y (i) los comercializadores de lentes de contacto por internet y demás ópticas participantes en el mercado que prestaban el servicio de “ópticas aliadas”; (ii) los comercializadores de lentes de contacto por internet y distribuidores de lentes de contacto autorizados en el mercado; y (iii) los comercializadores de lentes de contacto por internet y terceros diferentes a los consumidores finales, ópticas tradicionales, distribuidores y/o fabricantes de lentes de contacto.

Las multas y sanciones ascienden a $233,5 millones y contra la decisión procede recurso de reposición ante la propia Superintendente de Industria y Comercio.

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