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Ministerio de salud advierte sobre supuestos medicamentos contra el Covid 19

El Invima y la cartera de salud aseguran que no se ha comprobado la efectividad de los medicamentos Cloroquina e Hidroxicloroquina contra el Coronavirus y piden a los colombianos que se abstengan de consumirlos.

Publicado: abril 3, 2020, 12:54 pm

La emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 a nivel mundial, ha generado una alerta por el uso de la cloroquina e hidroxicloroquina en el tratamiento de la infección sin tener resultados que demuestren su efectividad; por esta razón el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), hace un llamado a la ciudadanía y profesionales de la salud, reiterando que estos medicamentos están autorizados para el manejo de la malaria, paludismo, artritis reumatoidea y lupus eritematoso sistémico; su consumo sin prescripción médica puede poner en riesgo la salud.

La urgencia y la presión que enfrentan los sistemas de atención médica a nivel mundial para salvar vidas durante la pandemia, ha generado que países como Estados Unidos y Francia establezcan protocolos estrictos que permiten el uso experimental de estos dos medicamentos, en pacientes con síntomas graves por Coronavirus SARS-CoV2. Sin embargo; la cloroquina e hidroxicloroquina pueden ocasionar efectos adversos graves, especialmente cuando se administran en altas dosis o cuando se mezclan con otros fármacos.

El Instituto en su facultad de autoridad sanitaria, recomienda a los pacientes y profesionales de la salud limitarse a las indicaciones establecidas en el registro sanitario para tratar las enfermedades mencionadas anteriormente, en las que se ha comprobado su efectividad, o como parte de ensayos clínicos que hayan sido autorizados previamente por el Invima. Es fundamental asegurar el abastecimiento de estos productos para los pacientes que los necesitan debido a su condición de salud.

Por su parte, el Ministerio de Salud y Protección Social por iniciativa propia o a solicitud de las sociedades científicas, reportará al Invima los usos no incluidos en los registros sanitarios de los medicamentos que considere necesarios para proteger la vida y la salud de los pacientes, adjuntando la evidencia científica que soporte la eficacia o efectividad y la seguridad del uso no incluido en el registro, según lo disponen los Decretos 677 de 1995 y 1782 de 2014.

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