Tras la adopción de los estándares internacionales pactados como resultado de la Acción 13 del proyecto BEPS G20/OCDE, que pretenden fortalecer los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal en el mundo. La reforma tributaria en Colombia introdujo la obligatoriedad de presentar tres niveles de documentación comprobatoria para las organizaciones sujetas al régimen de precios de transferencia. Estos son: el Informe Local, el Informe Maestro y el Reporte País por País.
Este nuevo enfoque en la Documentación Comprobatoria requiere que las compañías revelen ante la DIAN mayores detalles sobre sus operaciones a nivel mundial y coordinen con sus matrices organizacionales el envío de esta información. Esta situación, según el experto de BDO en Colombia trae consigo riesgos y oportunidades.
Según Luis Miguel Jiménez, gerente de Precios de Transferencia de BDO en Colombia, “entre las oportunidades estarían la detección de posiciones tributarias riesgosas al interior del grupo, el desarrollo de políticas de precios de transferencia más robustas y el impulso de planeaciones tributarias que deriven en estructuras eficientes y con mayor sustancia. Desde la perspectiva de las autoridades tributarias, el nuevo enfoque genera una mayor transparencia, lo que podría reducir las fiscalizaciones”.
Sobre los riegos, el experto considera que al divulgar mayor información, las compañías deberán alinear sus informes locales con los datos y contenido del Informe Maestro y el Reporte País por País, ya que la falta de consistencia entre estos documentos podría generar alertas a la Autoridad Tributaria. Así mismo, se podrían generar riesgos de cara al cumplimiento en la presentación de estas obligaciones y será fundamental la coordinación minuciosa al interior del grupo para la entrega oportuna de la información.
Si bien, en términos generales las compañías colombianas que tienen operaciones con entes vinculados cumplen con el régimen de precios de transferencia; la adopción del enfoque de tres niveles, así como otros importantes cambios introducidos a la normativa, crean confusiones.
Sin embargo, según Luis Miguel “tanto los contribuyentes como el fisco deben observar estos cambios como una oportunidad para corregir la aplicación de metodologías erradas en la valoración de transacciones inter-compañías, que en todo caso deberían estar ahora en línea con estándares internacionales.
Esta situación, al final debería permitir una mayor confianza entre la autoridad tributaria y el contribuyente, lo que sin duda terminará por reducir las cargas tributarias y legales que actualmente enfrentan algunas organizaciones”.
Dicho esto, los contribuyentes en Colombia que durante el año gravable 2017 hayan desarrollado operaciones con vinculados económicos en el exterior, Zonas Francas o terceros en paraísos fiscales (cuyo patrimonio bruto exceda los 3.186 millones de pesos, o que registre ingresos brutos anuales por más de 1.944 millones), estarán sujetos al régimen de precios de transferencia y deberán evaluar qué informes deben preparar y presentar ante la DIAN.