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SCJN perfila negarle recursos a Napo; deberá entregar a los mineros de Mexicana de Cananea los 55 millones de dólares

Publicado: octubre 8, 2024, 2:20 pm

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Tras una cascada de recursos -20 juicios- que interpuso el secretario general del Sindicato Minero, Napoleón Gómez Urrutia, para impedir el pago de los 55 millones de dólares a los entonces trabajadores de Mexicana de Cananea, finalmente se analizará el último recurso, cuya tesis propone rechazar todos los recursos. 

Este 9 de octubre, el Ministro Luis María Aguilar Morales presentará su proyecto cuya “decisión determina que, al no cumplirse con los requisitos de procedencia, lo pertinente es desechar los presentes recursos de revisión interpuestos. Por todo lo expuesto y fundado, se resuelve: Único. Se desechan los recursos de revisión”.

Y es que Gómez Urrutia solicitó la intervención de la Corte para que se pronunciara sobre los actos de la Junta Especial Número Diez de la Federal de Conciliación y Arbitraje; y determinar si el recurso reúne los requisitos de procedencia.

En caso de que se apruebe la tesis que se discutirá este miércoles, permitirá poner punto final a la demanda de los trabajadores mineros, quienes denunciaron que el fideicomiso que se formó en 2005, por la venta de Mexicana de Cananea, se desintegró, según consta en el expediente, por Napoleón Gómez Urrutia, quien después de 15 años, y de haber realizado dos huelgas en contra de Grupo México, recibió 55 millones de dólares, a través del fideicomiso F/9645-2 de Scotiabank Inverlat.

En las 50 cuartillas de la tesis que se presentará como base para la votación que habrá de realizarse en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se advierten elementos como que el 14 de noviembre de 1988, cuando se firmó el fideicomiso en favor de los trabajadores, fungía como secretario general del Sindicato Minero el extinto Napoleón Gómez Sada, por lo que Napoleón Gómez Urrutia, “al no haber sido trabajador de esa empresa ni miembro de ese sindicato, carecía de legitimidad, capacidad, acción y derecho para que en su nombre y representación se ostentara como Secretario General del referido Comité y procediera a hacer efectivo en favor del sindicato el fideicomiso de referencia, lo que resulta ilegal”.

Vale la pena resaltar que en el caso de los telefonistas y pilotos fueron repartidos los recursos, por la venta de las empresas del Estado, a los trabajadores; sin embargo, en el caso de los mineros siempre el líder informó que el dinero pertenecía a la organización sindical, no así a cada trabajador.

Lo anterior ocasionó múltiples juicios de los trabajadores reclamando su pago, dicho juicio ha sido objeto de múltiples retrasos hasta que la Junta resolvió en favor de los trabajadores, lo mismo sucedió con el Tribunal Colegiado, por lo que el líder sindical acudió a la Corte, pese a que no es de su competencia por no tratarse de un tema constitucional.

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