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A propósito de Irán y Venezuela: la difícil relación entre política y derecho

La intervención militar estadounidense en Venezuela y ahora el ataque masivo contra Irán, un Estado que sufre desde hace casi cincuenta años un régimen abominable, plantea un debate complejo y poco pacífico sobre la relación entre política y derecho. En este caso, esa relación … afecta de lleno al sistema internacional, pero se reproduce también el seno de cualquier Estado. Un gobernante responsable sabe lo difícil que resulta a veces conciliar la política (sometida a criterios de voluntad y oportunidad) y el derecho (fundado en prescripciones, en reglas acerca de lo que se puede o no hacer).
No existe por desgracia en el derecho internacional un principio que establezca la obligación de que un Estado se rija conforme a los dictados de la democracia liberal y el respeto de los derechos humanos. Es decir, el principio de democracia y derechos humanos –por denominarlo de algún modo– no es jurídicamente exigible en el derecho internacional vigente.

Basta echar un vistazo al mapa para entender por qué. Son amplia mayoría los Estados con regímenes que no cumplen con dicho principio o incluso lo impugnan manifiestamente. No pensamos ya en Estados con democracias de baja calidad, que los hay, sino en regímenes autoritarios y despóticos.

Noticia relacionada

José María Peredo Pombo

Es una legítima y loable aspiración, que yo comparto, que los Estados –sus gobernantes– se sometan al imperio de la ley, de leyes establecidas democráticamente y respetuosas de los derechos y libertades fundamentales de la persona. Pero no hay un consenso a este respecto en la sociedad internacional contemporánea; el subsistema regional europeo, que sí se somete a dicho principio y donde actúan como garantes del mismo dos organizaciones internacionales regionales –el Consejo de Europa y la Unión Europea–, constituye una benéfica excepción.
Por tanto, las intervenciones militares estadounidenses no pueden justificarse alegando la defensa de ese presunto principio y son en cambio contrarias a otros principios del ordenamiento internacional bien establecidos, como el de prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza o el de respeto de la soberanía e integridad territorial del Estado.
Tampoco cabe alegar un pretendido derecho de injerencia humanitaria, no reconocido por el derecho internacional vigente. Sólo el Consejo de Seguridad de la ONU posee competencias para adoptar resoluciones que autoricen intervenciones de esta naturaleza, y no suele hacerlo porque se necesita el voto concordante de sus miembros permanentes, tarea ardua por la falta de sintonía entre ellos a causa de sus intereses nacionales habitualmente enfrentados.

Política por encima del derecho

No obstante, es apreciable la aprobación recibida por estas intervenciones estadounidenses en los medios de comunicación. Se agradece, no obstante, que no se haya intentado violentar la interpretación de las normas internacionales de aplicación al caso. Esas expresiones de apoyo se han limitado a obviarlas, alegando las excusas consabidas sobre la presencia de circunstancias excepcionales que justifican el recurso a medios antijurídicos para lograr un fin deseable.
El problema insoluble para estas condescendencias es siempre el mismo: ¿por qué en este caso vale prescindir del derecho y en otros muchos no? En otros términos, no hay forma de justificar con rigor que la política prevalezca sobre el derecho en el caso de Venezuela o Irán y no en el de otros regímenes despóticos tan abundantes en el sistema. Porque la trastienda de esta clase de intervenciones contrarias a derecho es la misma: la imposición por la fuerza del interés particular de los que intervienen, la actualización de una zona de influencia, el mensaje de miedo que transmite o el mal precedente que proporciona a otros actores.
En definitiva, ¿se evalúan atinadamente, por quienes avalan de buena fe el triunfo de la política sobre el derecho, las consecuencias que se derivan de ello?

Carlos Jiménez Piernas

Es catedrático emérito de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales en la Universidad de Alcalá.

Publicado: marzo 3, 2026, 9:45 pm

La fuente de la noticia es https://www.abc.es/internacional/carlos-jimenez-piernas-proposito-venezuela-dificil-relacion-politica-derecho-20260220041436-nt.html

La intervención militar estadounidense en Venezuela y ahora el ataque masivo contra Irán, un Estado que sufre desde hace casi cincuenta años un régimen abominable, plantea un debate complejo y poco pacífico sobre la relación entre política y derecho. En este caso, esa relación afecta de lleno al sistema internacional, pero se reproduce también el seno de cualquier Estado. Un gobernante responsable sabe lo difícil que resulta a veces conciliar la política (sometida a criterios de voluntad y oportunidad) y el derecho (fundado en prescripciones, en reglas acerca de lo que se puede o no hacer).

No existe por desgracia en el derecho internacional un principio que establezca la obligación de que un Estado se rija conforme a los dictados de la democracia liberal y el respeto de los derechos humanos. Es decir, el principio de democracia y derechos humanos –por denominarlo de algún modo– no es jurídicamente exigible en el derecho internacional vigente.

Basta echar un vistazo al mapa para entender por qué. Son amplia mayoría los Estados con regímenes que no cumplen con dicho principio o incluso lo impugnan manifiestamente. No pensamos ya en Estados con democracias de baja calidad, que los hay, sino en regímenes autoritarios y despóticos.

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  • José María Peredo Pombo

Es una legítima y loable aspiración, que yo comparto, que los Estados –sus gobernantes– se sometan al imperio de la ley, de leyes establecidas democráticamente y respetuosas de los derechos y libertades fundamentales de la persona. Pero no hay un consenso a este respecto en la sociedad internacional contemporánea; el subsistema regional europeo, que sí se somete a dicho principio y donde actúan como garantes del mismo dos organizaciones internacionales regionales –el Consejo de Europa y la Unión Europea–, constituye una benéfica excepción.

Por tanto, las intervenciones militares estadounidenses no pueden justificarse alegando la defensa de ese presunto principio y son en cambio contrarias a otros principios del ordenamiento internacional bien establecidos, como el de prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza o el de respeto de la soberanía e integridad territorial del Estado.

Tampoco cabe alegar un pretendido derecho de injerencia humanitaria, no reconocido por el derecho internacional vigente. Sólo el Consejo de Seguridad de la ONU posee competencias para adoptar resoluciones que autoricen intervenciones de esta naturaleza, y no suele hacerlo porque se necesita el voto concordante de sus miembros permanentes, tarea ardua por la falta de sintonía entre ellos a causa de sus intereses nacionales habitualmente enfrentados.

Política por encima del derecho

No obstante, es apreciable la aprobación recibida por estas intervenciones estadounidenses en los medios de comunicación. Se agradece, no obstante, que no se haya intentado violentar la interpretación de las normas internacionales de aplicación al caso. Esas expresiones de apoyo se han limitado a obviarlas, alegando las excusas consabidas sobre la presencia de circunstancias excepcionales que justifican el recurso a medios antijurídicos para lograr un fin deseable.

El problema insoluble para estas condescendencias es siempre el mismo: ¿por qué en este caso vale prescindir del derecho y en otros muchos no? En otros términos, no hay forma de justificar con rigor que la política prevalezca sobre el derecho en el caso de Venezuela o Irán y no en el de otros regímenes despóticos tan abundantes en el sistema. Porque la trastienda de esta clase de intervenciones contrarias a derecho es la misma: la imposición por la fuerza del interés particular de los que intervienen, la actualización de una zona de influencia, el mensaje de miedo que transmite o el mal precedente que proporciona a otros actores.

En definitiva, ¿se evalúan atinadamente, por quienes avalan de buena fe el triunfo de la política sobre el derecho, las consecuencias que se derivan de ello?

Carlos Jiménez Piernas

Es catedrático emérito de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales en la Universidad de Alcalá.

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