Publicado: octubre 6, 2026, 10:08 am

CCOO y UGT anunciaron este lunes por la noche la convocatoria de la primera huelga general en España en los últimos catorce años. Con esta convocatoria, que tendrá lugar antes de la campaña electoral de los comicios del 29 de noviembre, los sindicatos interpelan a las administraciones públicas que tienen competencias en materia de vivienda y a las organizaciones empresariales a que asuman que «los salarios tienen que garantizar el acceso a un bien básico como es la vivienda”
Ante la convocatoria, los trabajadores deben tener claro qué dice la legislación sobre el derecho de huelga, cuándo esta puede considerarse ilegal y si la empresa debe permitirles acudir y si secundarla tiene implicaciones en el sueldo y en las cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Es legal hacer una huelga general?
La huelga general es una modalidad legítima del derecho de huelga siempre que haya sido convocada «conforme a los requisitos legales establecidos», explican los expertos de Legálitas. En España, este derecho está reconocido por la Constitución y regulado por el Real Decreto-ley 17/1977 sobre relaciones de trabajo.
¿En qué casos una huelga puede ser ilegal?
De acuerdo con la ley una huelga puede ser considerada ilegal cuando persiga fines exclusivamente políticos o ajenos a los intereses profesionales de los trabajadores. En caso de que pretenda modificar lo pactado en un convenio colectivo que se encuentre vigente. Cuando se convoque incumpliendo los requisitos legales previstos para su comunicación y desarrollo o en el momento en que no se respeten los servicios de seguridad y mantenimiento o los servicios mínimos establecidos en actividades esenciales.
¿Puede la empresa impedir que un trabajador haga huelga?
Legálitas señala que no. La participación en una huelga legal constituye el ejercicio de un derecho fundamental. Por ello, la empresa no puede sancionar, despedir o adoptar represalias contra un trabajador únicamente por secundarla.
No obstante, sí podrían derivarse responsabilidades si durante la huelga se producen conductas ajenas al ejercicio legítimo de este derecho como, por ejemplo, actos de violencia, coacciones o daños a personas o bienes.
¿La empresa está obligada a dar el día libre?
La huelga no supone que la empresa tenga que conceder un día libre retribuido. El trabajador puede decidir sumarse a la huelga y no acudir al trabajo, pero esa ausencia no se considera un permiso remunerado, por lo que se descuenta un día de trabajo por día que se falte.
Además, en aquellos sectores considerados esenciales pueden establecerse servicios mínimos, cuya prestación será obligatoria para los trabajadores designados.
¿Cómo afecta al sueldo del trabajador que participe en una huelga?
Durante el tiempo que dure la huelga, el contrato de trabajo queda suspendido, por lo que la empresa no está obligada a abonar el salario correspondiente a las horas o días no trabajados, añaden desde Legálitas
El descuento puede afectar no solo al salario del día de huelga, sino también a la parte proporcional de determinados conceptos vinculados al tiempo trabajado, como las pagas extraordinarias o el descanso semanal.
¿Afecta a las cotizaciones a la Seguridad Social?
El trabajador que acuda a la huelga debe saber que esto tendrá efectos sobre la cotización a la Seguridad Social. De hecho, en las jornadas en las que la secunde pasará a una situación especial en el sistema y la empresa no tiene la obligación de cotizar por ese periodo.
¿Hay que avisar a la empresa de que se va a secundar la huelga?
El trabajador no está obligado a comunicar previamente a la empresa su decisión de secundar la huelga. Basta con ejercer el derecho el día de la convocatoria, dado que se trata de un derecho de carácter individual y voluntario. Se puede decidir hacer huelga el mismo día del paro o incluso cambiar de opinión sobre la marcha. Las empresas no pueden exigir una respuesta ni obligar a los empleados a firmar listas sobre su intención de participar porque esto puede considerarse coacción. La falta de aviso tampoco puede ser motivo de sanción.
