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La Audiencia de Madrid estima el recurso de Begoña Gómez y ordena investigar su denuncia contra Vito Quiles por coacciones

Publicado: octubre 17, 2026, 6:07 am

Actualizado Viernes,
16
octubre
2026
–
19:36

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado investigar la denuncia que Begoña Gómez interpuso contra Vito Quiles por supuestos delitos de acoso y lesiones, al perseguirla a la salida de un restaurante de la localidad madrileña de Las Rozas el pasado 29 de abril. Según la esposa del presidente del Gobierno, Quiles le impidió salir del establecimiento, donde según su relato la acosó con preguntas, de forma agresiva y mientras la grababa.

El titular del Tribunal de Instancia número 2 de Majadahonda, en el que recayó la denuncia, rechazó en mayo abrir una investigación, al entender que de las imágenes aportadas en la causa no se desprendían «hechos que posean relevancia penal». «En las grabaciones no se aprecian las conductas denunciadas», indicaba.

Begoña Gómez presentó un recurso de apelación, al que se adhirió la Fiscalía Provincial. La Sección Cuarta de la Audiencia concluye que resulta «prematuro» cerrar el procedimiento. Indica que, aunque las grabaciones aportadas acreditaran, como dice el auto recurrido, que se produjera un zarandeo o que el denunciado rodeara con el brazo a Gómez para impedirle salir del establecimiento, eso no agota las posibilidades de que se cometiera un delito.

El tribunal centra su razonamiento en la eventual existencia del delito de coacciones. Según expone el auto, las imágenes muestran que el denunciado accedió al restaurante y se dirigió directamente a Gómez, que se encontraba sentada a una mesa con otras personas, tras lo cual la denunciante acabó abandonando el local.

La resolución añade que los hechos «podrían no responder a un encuentro casual, sino a una actuación buscada deliberadamente» mientras la denunciante desarrollaba una actividad privada en un espacio público. El atestado recoge, además, que los integrantes de su dispositivo de seguridad reaccionaron ante la llegada del denunciado y organizaron su protección y evacuación.

A partir de estas circunstancias, la Sala considera que debe analizarse si la conducta pudo limitar la libertad de actuación de Begoña Gómez, obligándola a realizar algo que no deseaba o impidiéndole continuar con su actividad. Para apoyar esta valoración, el auto cita jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el delito de coacciones, que contempla las conductas dirigidas a compeler, imponer o presionar a otra persona para que actúe contra su voluntad.

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