Publicado: junio 30, 2026, 12:08 pm

La lista de grandes deudores con Hacienda menguó en el último año, en su decimotercera edición. Lo hizo tanto en número de morosos como en la cantidad que estos deben al Fisco. Aún así, el agujero que sus incumplimientos tributarios genera sigue siendo considerable. Esa cantidad ascendió a 15.400 millones de euros (un 4,4% menos que el año anterior) a 31 de diciembre de 2025, prácticamente lo mismo que el Estado gasta al año en infraestructuras o en la suma de seguridad ciudadana y servicios sociales.
Los datos que ha dado a conocer este martes la Agencia Tributaria muestran cómo la cifra de grandes morosos cae un 2,4% hasta los 5.853, de los que de los que 1.111 son personas físicas y 4.742 personas jurídicas. Las primeras aumentan en 34 en el último año y su deuda se incrementa más de un 6% hasta los 1.680 millones de euros. El grueso de la deuda está sin embargo en las personas jurídicas y en este caso cae tanto el número de morosos como lo que adeudan. Son 178 entidades menos y el agujero de recaudación que generan asciende a 13.752 millones, un 5,5% inferior al del ejercicio previo.
Los requisitos para aparecer en la lista de morosos
De acuerdo con el artículo 95 bis de la Ley General tributaria, para ser incluido en este listado el moroso debe acumular una deuda con Hacienda superior a los 600.000 euros, no haber hecho frente a esta en el plazo original de ingreso en período voluntario, que esté pendiente de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no esté aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto.
Además, y de acuerdo con la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en varias sentencias de 2023, las deudas y sanciones tributarias deben ser firmes (y, en el caso de las liquidaciones vinculadas a delito, que exista sentencia condenatoria firme). Por otra parte, se incluyen expresamente en el listado no solo a los deudores principales, sino también a los responsables solidarios.
Hacienda entiende que son responsables solidarios quienes causen o colaboren en la ocultación o en la transmisión de bienes o derechos del obligado al pago para impedir la actuación de la Administración tributaria; a quienes, por culpa o negligencia, incumplan las órdenes de embargo y a los causantes y/o colaboradores activos en una infracción tributaria.
El mismo artículo de la Ley Tributaria habilita la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias por las que un moroso hubiera sido incluido en el listado. Así y de acuerdo con este último listado, ha habido un total de 79,5 millones en ingresos de ‘última hora’ para evitar aparecer en esta nueva edición.
Incorporaciones… y salidas de la lista de grandes deudores
En el último año un total de 879 deudores han abandonado la lista por un importe de 1.729 millones de euros. «La salida de la lista se puede deber, tanto a la cancelación total o parcial de las deudas objeto de publicación, como a la obtención de un aplazamiento o suspensión de la deuda antes de la fecha de toma de datos (31/12/25), o por falta de firmeza de la deuda», explica la Agencia Tributaria .
Al mismo tiempo, se han incorporado 735 morosos que no figuraban en el listado previo (publicado hace justo un año con datos a 31 de diciembre de 2024), cuyas obligaciones pendientes con el Fisco ascienden a 1.083 millones de euros.
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