Publicado: octubre 26, 2026, 11:07 am

El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha reconocido una indemnización de 219.723,74 euros a los familiares de una joven de 24 años fallecida en agosto de 2025 a consecuencia de una trombosis venosa cerebral que padeció tras un retraso en el diagnóstico.
La resolución, facilitada por la Asociación El Defensor del Paciente, explica que desde el 20 al 30 de julio de 2025 la joven acudió repetidamente al centro de salud de Suances, hasta en cuatro ocasiones, y al Hospital Sierrallana de Torrelavega, tres veces, con intensos dolores de cabeza y vómitos persistentes.
Inicialmente, tras la primera visita a Urgencias de Sierrallana, «la impresión diagnóstica fue de gastroenteritis», se le dio tratamiento para los síntomas y se le pautó medicación y control por su médico de Atención Primaria, pero en los días siguientes, al repetirse la sintomatología, la joven tuvo que volver tanto al centro de salud como al hospital.
Tras las reiteradas visitas el propio Servicio de Urgencias del hospital solicitó un TAC craneal urgente que nunca llegó a practicarse, ya que la joven fue enviada nuevamente a su domicilio.
Al día siguiente fue encontrada «tirada en el suelo, desorientada» y con una trombosis cerebral masiva. Tras permanecer ingresada en estado crítico en el Hospital Marqués de Valdecilla de Santander, falleció unos días después, el 14 de agosto de 2025.
El SCS ha estimado íntegramente la reclamación de responsabilidad patrimonial que presentó la familia de la joven.
En su reclamación sostenían que la asistencia sanitaria no fue adecuada porque, ante un cuadro «con factores de riesgo y signos de alarma evidentes», no se practicaron las pruebas diagnósticas indicadas y señalan, por ejemplo, el TAC craneal urgente que fue solicitado tras una de las visitas a Urgencias del hospital y que finalmente no se realizó.
A su juicio, el retraso en el diagnóstico y tratamiento impidió iniciar la anticoagulación a tiempo, «favoreciendo las complicaciones que condujeron al fallecimiento», que entienden que se debe imputar íntegramente al retraso asistencial.
La resolución del Servicio Cántabro de Salud que reconoce la indemnización alude a los informes solicitados en este expediente, que señalan que la atención que se prestó a la joven en el centro de salud de Suances y en el Hospital Sierrallana no fue la adecuada en tiempo y forma y «no se adecuó a la práctica clínica habitual ni a los protocolos de actuación vigentes».
También se indica en el informe que en este caso hay «inicios de retraso diagnóstico» en la valoración inicial que pudo condicionar una demora en el inicio del tratamiento indicado para la patología de la joven. Y recogen, igualmente, que debieron tenerse en cuenta los antecedentes de toma de anticonceptivos orales como un criterio de alarma.
El Servicio Cántabro de Salud reconoce la indemnización por un total de 219.723,74 euros: 89.413,59 euros para cada uno de los padres de la joven y 40.896,56 euros para la hermana.
