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Dos instituciones dañadas por dos ex ministros del PSOE en el intento de salvar la 'ley de nietos'

Bernardo Díaz. 16/01/2024. Madrid. Justicia. Tribunal Constitucional. El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, preside la reunión del Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional. La vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, y los magistrados; Ricardo Enríquez, María Luisa Balaguer, Ramón Sáez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, María Luisa Segoviano, César Tolosa, Juan Carlos Campo y Laura Díez. Foto Bernardo Díaz.

Publicado: octubre 22, 2026, 6:07 am

Actualizado Miércoles,
21
octubre
2026
–
22:51

La capilarización del Gobierno en las instituciones del Estado vuelve a manifestarse. Esta vez, a raíz del varapalo que sufrió ayer el Defensor del Pueblo cuando el Tribunal Constitucional decidió inadmitir su recurso de amparo con el que pedía levantar la suspensión del derecho al voto de los beneficiados por la ley de nietos.

De este episodio salen cuestionados dos rostros, ambos ex ministros del PSOE: el Defensor del Pueblo Ángel Gabilondo, señalado por presentar un insólito recurso de amparo, así como el magistrado del órgano de garantías, Juan Carlos Campo, por haber votado a favor de admitir este último, a contrapelo del pleno.

Más allá del vínculo de ambos con el Gobierno de Pedro Sánchez -Gabilondo ostenta el cargo desde 2021; Campo fue ministro de Justicia entre 2020 y 2021-, sus respectivos comportamientos frente a una cuestión de profundo calado político que de una forma u otra afectará a las próximas elecciones generales socavan la confianza pública en los órganos constitucionales de los que forman parte.

El magistrado del TC y ex ministro, Juan Carlos Campo.

El magistrado del TC y ex ministro, Juan Carlos Campo.

Empezando por el insólito recurso presentado por la institución que encabeza el que fuera ministro de Educación bajo el Gobierno del hoy imputado José Luis Rodríguez Zapatero. El Defensor del Pueblo no sólo llevaba una década sin presentar un recurso de amparo -el último de ellos en el año 2015-, sino que, además, tras el revés del TC a su petición, emitió un comunicado en el que subraya que actuó «por una prerrogativa» de la Constitución y en base a la ley que regula la institución, para defender su actuación. Además, alega que lo hizo movido por el propósito de «salvaguardar derechos fundamentales básicos».

Gabilondo presentó el recurso ante el TC a última hora del viernes pasado después de que la Abogacía del Estado -el brazo jurídico del Gobierno- concluyera que no le era jurídicamente posible presentar su propio recurso de amparo ante el TC. El Defensor justificó entonces que presentaba el suyo «tras haber recibido diversas peticiones» de «particulares y entidades».

Ya en el órgano de garantías, el recurso fue inadmitido de forma fulminante. Por primera vez en años, el pleno rompió su dinámica de bloques: 10 magistrados votaron a favor de la inadmisión y dos, en contra. Además del progresista Ramón Sáez, también se desmarcó el ex ministro Juan Carlos Campo.

El que fuera titular de Justicia bajo el Gobierno de Pedro Sánchez entre 2020 y 2021 fue, además, quién nombró a Sofía Puente -hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente– directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en enero de 2020. Desde ese cargo, Puente dictó una polémica instrucción, en octubre de 2022, que interpretaba la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática que concedía la nacionalidad a los nietos de exiliados del franquismo.

La instrucción indicaba a los consulados que debían aceptar como descendiente de exiliados a todo aquel que documentase la salida de sus familiares de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Es decir, que no se tenía que demostrar directamente la condición de exiliado, como indicaba la ley, sino la salida del país.

En esta línea, el juzgado 35 de Madrid acordó admitir a trámite una querella de Hazte Oír contra Sofía Puente, hoy secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. La resolución de la juez indica que los hechos relatados por la querella podrían suponer un delito de prevaricación.

Este nuevo frente judicial con respecto a la responsabilidad de Sofía Puente y ley de nietos señala aún más al magistrado Campo y el sentido de su voto ayer. De forma paralela, la nulidad de esa instrucción de Puente por exceder lo que permitía la ley es lo que está examinando el Tribunal Supremo. Por eso, entretanto, ha dictado medidas cautelares que con su fallo el Constitucional avaló mantener.

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