Publicado: octubre 24, 2026, 4:00 pm
Este sábado 24 de octubre entró en vigor la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral, que establece nuevas disposiciones para modernizar los catastros y registros públicos de la propiedad en México, así como facilitar el intercambio de información entre autoridades federales, estatales y municipales.
El decreto, publicado el viernes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), contempla la creación de plataformas digitales, la homologación de trámites y la implementación de una Clave Única Catastral para identificar los inmuebles registrados en el país.
La legislación también busca fortalecer la certeza jurídica sobre los derechos de propiedad, actualizar la información territorial y establecer criterios comunes para la prestación de servicios catastrales y registrales.
¿Qué cambios contempla la nueva ley catastral?
Entre las principales disposiciones se encuentra la creación de una Clave Única Catastral, que permitirá identificar individualmente cada predio o unidad inmobiliaria inscrita en los registros catastrales.
También se implementará una Cédula Única Catastral y Registral, mediante la cual se vinculará la información del catastro con la del Registro Público de la Propiedad.
La ley prevé, además, la puesta en marcha de una Plataforma Catastral Municipal y otra de Registros Públicos de la Propiedad, que permitirán gestionar trámites y servicios mediante herramientas digitales.
Para acceder a estos sistemas se utilizará Llave MX como mecanismo de identificación de los usuarios; las plataformas también incorporarán opciones de pagos electrónicos y tendrán validez jurídica para los trámites y notificaciones que se realicen a través de ellas.
En el caso de la Plataforma Catastral Municipal, se contempla un módulo para la gestión del impuesto predial, aunque el decreto no establece modificaciones directas a las tasas de este gravamen.
¿Cuándo comenzarán a operar los nuevos sistemas?
De acuerdo con los artículos transitorios, las autoridades catastrales y registrales deberán adoptar e implementar los nuevos modelos de trámites y plataformas a más tardar el 31 de diciembre de 2026, con el objetivo de que entren en operación el 1 de enero de 2027.
La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir los lineamientos de implementación de los planes nacionales; junto con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), también deberá establecer las reglas para la adopción de la Clave Única Catastral y la Cédula Única Catastral y Registral.
Por su parte, los congresos estatales contarán con 180 días para realizar las adecuaciones legales necesarias, mientras que los gobiernos estatales y municipales deberán armonizar su normativa en un plazo de 180 días hábiles.
Con estas medidas, el gobierno federal busca avanzar hacia un sistema catastral y registral más uniforme, que facilite la identificación de inmuebles y la gestión de trámites en el país.



