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México, a la vanguardia de nueva regulación laboral de la OIT para la economía de plataformas

Publicado: junio 14, 2026, 5:00 pm

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) aceleró la actualización de las normas que garanticen el trabajo decente tras eventos como la pandemia caracterizadas por la digitalización acelerada, la intensificación de riesgos biológicos y la flexibilidad laboral extrema.

Para comprender el estado actual de la legislación internacional, resulta indispensable trazar la secuencia de los instrumentos adoptados recientemente por el organismo, la cual culmina con la aprobación de la norma sobre la economía de plataformas.

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Con anterioridad a la regulación de las plataformas digitales, el máximo organismo laboral de las Naciones Unidas adoptó dos convenios fundamentales. El primero es el Convenio 191, sobre un entorno de trabajo seguro y saludable, adoptado en junio de 2023 y en vigor desde el 29 de octubre de 2024, el cual elevó la seguridad y salud laboral a principio y derecho fundamental. 

El segundo es el Convenio 192, sobre peligros biológicos, adoptado en junio de 2025 para establecer el marco global de prevención frente a agentes biológicos, patógenos y riesgos derivados del cambio climático.

La secuencia normativa se completó el 12 de junio de 2026 con la adopción del Convenio 193 sobre el trabajo decente en la economía de plataformas, aprobado durante la 114 reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra con 406 votos a favor, 8 en contra y 36 abstenciones.

La importancia de este instrumento radica en que constituye el primer estándar mundial diseñado para regular a las corporaciones tecnológicas de la economía de encargos. Analistas de la OIT estiman que actualmente existen entre 500 y 700 millones de personas que laboran en plataformas digitales a nivel global, un incremento frente a los 435 millones que el Banco Mundial calculaba en 2023. La mayoría de estos operarios carecía de cobertura legal local al ser clasificados como socios independientes por empresas de transporte y reparto.

Entre los puntos más trascendentales del Convenio 193 se encuentra la aplicación del principio de primacía de la realidad, el cual obliga a los Estados a combatir la clasificación errónea y reconocer la relación de subordinación si existe supervisión tecnológica, otorgando los derechos de los trabajadores tradicionales. 

Asimismo, introduce la transparencia algorítmica, obligando a las empresas a explicar las fórmulas que asignan tareas o calculan pagos, y prohíbe de forma absoluta los despidos y suspensiones automatizadas unilateralmente por inteligencia artificial, requiriendo siempre supervisión humana.

El documento también consagra el acceso a la seguridad social integral, la libertad sindical en el ámbito digital y el derecho de retirada por seguridad ante riesgos inminentes sin recibir penalizaciones.

Para México, las implicaciones operan bajo un esquema de validación, dado que el Estado mexicano anticipó el estándar internacional con la reforma del 24 de diciembre de 2024 que adicionó el Capítulo IX Bis a la Ley Federal del Trabajo. Dicha reforma ya define el trabajo en plataformas como una relación laboral subordinada flexible y discontinua. Además, el país implementó una prueba piloto a través del Instituto Mexicano del Seguro Social e Infonavit desde julio de 2025, la cual entró en plena operación obligatoria el 1 de enero de 2026.

Este marco interno incluye mecanismos como un umbral de ingresos netos mensuales equivalentes a un salario mínimo, cotizaciones patronales y un régimen de sanciones que contempla multas de hasta 25,000 Unidades de Medida y Actualización por incumplimiento.

El proceso de adopción formal del nuevo convenio en el país requiere agotar el procedimiento constitucional de recepción de tratados. Este inicia con un diagnóstico de viabilidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social junto con la Secretaría de Relaciones Exteriores. Posteriormente, el Ejecutivo someterá el texto al Senado de la República para su aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación. Una vez firmado y enviado el instrumento de ratificación para su depósito ante el Director General de la OIT, el Convenio 193 comenzará a regir de manera vinculante en los tribunales mexicanos 12 meses después de su registro formal.

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