Villarejo condenado a tres años y medio y a indemnizar a Pablo Iglesias y Dina Bousselham por difundir la memoria robada a la asesora para perjudicar a Podemos - España
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Villarejo condenado a tres años y medio y a indemnizar a Pablo Iglesias y Dina Bousselham por difundir la memoria robada a la asesora para perjudicar a Podemos

Publicado: mayo 5, 2026, 2:07 pm

La Audiencia Nacional ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al comisario José Manuel Villarejo en el caso del móvil robado a Dina Bousselham asesora de Pablo Iglesias cuando era secretario general de Podemos. El triubunal considera al comisario jubilado autor de un delito de revelación de secretos de particulares con difusión a terceros, por el acceso no autorizado y distribución a dos medios de comunicación del contenido de la tarjeta de memoria que contenía el teléfono sustraído en noviembre de 2015.

La sentencia de la Sección Cuarta sobre esta pieza separada del cadso Tándem impone a Villarejo una indemnización a de 5.000 euros para Bouselham y de 1.000 para Iglesias. Puesto que en el momento de los hechos era policía, el estado es responsable civil subsidiario y pagará si el acusado no lo hace. En cuanto al tiempo de prisión, la Sala ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas por la lentitud de la Justicia en juzgar la causa, abierta en 2017.

Según los hechos probados, el 1 de noviembre de 2015 personas desconocidas robaron los efectos personales de Bousselham y su pareja cuando en un centro comercial. eso incluía el teléfono de ella. En enero del año siguiente, se hizo llegar a la sede del Grupo Zeta un sobre con la tarjeta de almacenamiento externa del teléfono. Los archivos que contenía fueron examinados por los periodistas de Interviú Alberto Pozas y Luis Rendueles y por el presidente del Grupo editorial, Antonio Asensio Mosbah.

Tras decidir que no se iba a publicar nada, entregaron la tarjeta a Iglesias, creyendo que por su contenido podría pertenecerle. «Una vez que Iglesias examinó el contenido de varios de sus archivos, recuperó la tarjeta, que retuvo en su poder durante seis meses sin informar de ello a Dina Bousselham, entregándosela trascurrido ese periodo temporal y sin que quede acreditado que la devolviera dañada y que ello impidiera visualizar su contenido». El juez del caso llegó a proponer al Supremo imputar a Iglesias por retener y dañar la tarjeta, pero el Alto Tribunal no vio indicios suficientes para ello.

Archivos políticos e íntimos

Antes de entregar la memoria a Iglesia, los periodistas Pozas y Rendueles entregaron una copia a Villarejo. Ambos se sentaron en el banquillo junto al comisario, pero llegaron a un acuerdo por el que se les retiró la acusación a acambio de reconocer los hechos.

La copia entregada a Villarejo contenía archivos con documentos internos de Podemos, datos bancarios, vídeos y audios, otros documentos con archivos de carácter íntimo y personal, entre ellos fotografías de Dina Bousselham, y diversos grupos de chats de miembros de la cúpula de Podemos. Por esas fechas, Villarejo «no tenía encomendada ninguna función en su ámbito policial relacionada con la formación política».

El comisario entregó una copia de la tarjeta «a periodistas de su círculo de confianza, entre los que uno y otros eran recíprocamente fuentes informativas, para que elaboraran y publicaran diversas informaciones en descrédito del partido político Podemos, y del por entonces secretario general Pablo Iglesias».

La Sala presidida por la magistrada Teresa Palacios considera que tanto Bousselhan como Iglesias deben ser indemnizados, al ser «obvio que actos como el enjuiciado producen por su mera existencia un daño moral ínsito en la humillación, desprotección y vulneración de los más íntimos datos personales, por lo que la existencia de aquel queda acreditado como propia consecuencia del delito cometido».

«Una compensación mayor»

«Ciertamente -añade- delitos como el que ahora se enjuicia en el que se produce una invasión del núcleo de la intimidad, hacen surgir implícitamente una presunción de daño moral, según ha reiterado el Tribunal Supremo, que no precisan de prueba suplementaria, y difícilmente puede negarse que exista, al producir en la víctima sensaciones de inseguridad, desprotección, desasosiego, pesadumbre y preocupación».

En el caso de la exasesora, la Sala precia aprecia situación de afectación por el acceso a todo el contenido de su teléfono móvil, que fue difundido por el acusado a dos medios de comunicación, con lo cual «su vida íntima y personalísima se vio completamente expuesta a quien no deseaba, lo cual sin duda justificalos 5.000 euros que pedían ella y el fiscal. Aclara que hubiera concedido uyna indemnización más alta si se hubiera pedido.

«Lo mismo puede decirse con respecto al perjudicado Pablo Iglesias fijándose la indemnización en la cantidad reclamada por su defensa y por el Ministerio Publico de 1.000 euros», concluye.

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