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Las claves de la sentencia del Supremo sobre los interinos: ¿Tengo que reclamar para ser fijo? ¿Afecta también a funcionarios? ¿Se puede recurrir?

Publicado: mayo 13, 2026, 10:08 am

El Tribunal Supremo publicó este martes una esperadísima sentencia para los cientos de miles de interinos que han acumulado años con contratos temporales de manera irregular. La decisión del Alto Tribunal abre la puerta a que se conceda la consideración de fijos a los empleados públicos que superaron un proceso selectivo, pero no obtuvieron la plaza al quedar por debajo de otros candidatos. 

Al mismo tiempo abre la puerta a indemnizaciones más elevadas para los afectados por esta situación y establece un mecanismo para que la Inspección de Trabajo tenga conocimiento de las administraciones que abusen de la temporalidad. 

¿Cuántas personas están afectadas?

No se conoce el número exacto de personas que podrán reclamar la ‘fijeza’. El último boletín de personal al servicio de las administraciones públicas contabiliza unos 300.000 empleados laborales con contrato temporal, pero no todos ellos están en situación de fraude. Sin embargo, los datos de la EPA del INE elevan esa cifra a un millón de temporales (incluidos funcionarios interinos, que en principio deberían quedar fuera del radar de la sentencia).

¿La ‘fijeza’ se otorga automáticamente?

No. Los trabajadores que han encadenado contratos temporales de manera fraudulenta tienen que demandar ante un juzgado para poder optar al estatus de fijo, a una indemnización o a ambas. El Supremo ha rechazado explícitamente esta posibilidad al considerar que incentivaría a las administraciones a seguir con el fraude y limitaría el derecho de los ciudadanos a ingresar en el empleo público. Se espera que el número de litigios se dispare. 

¿Qué ocurre si no he superado un proceso selectivo?

Los empleados que no hayan superado un proceso selectivo no tendrían derecho a obtener la plaza fija. Sin embargo, sí pueden reclamar una indemnización por los daños materiales y morales que han sufrido por esta situación. Una compensación a la que tendrían derecho tanto si han sido cesados de su puesto como si permanecen. 

¿Y si he superado un proceso, pero ha sido para un puesto temporal?

En este caso, el Supremo considera que no corresponde dar el estatus de fijo aunque haya existido temporalidad abusiva. El Alto Tribunal argumenta que este derecho se reserva solo para quienes superaron un proceso selectivo y optaban a una plaza fija. La sentencia establece que las condiciones de mérito, concurrencia o el tiempo de convocatoria son diferentes en ambos procesos y por eso lo rechaza. 

¿Cómo funcionan las indemnizaciones?

Una de las grandes novedades de la sentencia es que da unas pautas para indemnizar a los afectados por la temporalidad abusiva. Además de las compensaciones por extinción de contrato que ya se aplican cuando un interino pierde su plaza, el Supremo introduce una indemnización adicional por los daños sufridos por el fraude, a la que también pueden optar quienes todavía mantienen su puesto. 

Como importe «presuntivo» establece una compensación mínima vinculada a la Ley Sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social para infracciones graves, que oscilan entre los 1.000 y los 10.000 euros. No obstante, establecen que si el perjudicado acredita perjuicios que justifiquen una compensación mayor, la cuantía puede elevarse. 

¿Cuántos años de temporalidad hacen falta para pedir que me hagan fijo?

El Supremo limita la posibilidad de reclamar la ‘fijeza’ o la indemnización a quienes han acumulado una sucesión de contratos temporales o uno único que se ha ido prorrogando. Sin embargo, no aplica cuando los diferentes contratos han cursado en administraciones diferentes. Además, el Alto Tribunal exige que se haya producido una situación de temporalidad «inusual o anormalmente larga», un concepto indeterminado abierto a interpretación. No obstante, en los casos de cobertura temporal de un puesto durante un proceso de selección o promoción, el consenso es que se produce a partir de los tres años de temporalidad consecutiva. 

¿Se aplica también a los funcionarios interinos?

La sentencia se refiere en todo momento a personal laboral, por lo que en principio debería estar restringido a este ámbito. Lo cual no es óbice para que los funcionarios interinos aprovechen el fallo para litigar. 

¿Es la primera vez que se hace fijo a un interino?

No. En varias ocasiones otras instancias judiciales han concedido la condición de fijo a trabajadores víctimas de temporalidad fraudulenta. Precisamente, la disparidad de criterios ha llevado al Tribunal Supremo a unificar su doctrina para estos casos. 

¿La sentencia es definitiva?

Todo apunta a que no. Los miles de empleados públicos en situación de temporalidad fraudulenta que no cumplen los criterios para obtener la ‘fijeza’ tienen intención de seguir litigando. El abogado Javier Araúz, portavoz oficioso del colectivo, considera que la sentencia tiene carencias y sostiene que el TJUE acabará provocando que se conceda la plaza a todos los interinos en fraude de temporalidad. 

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