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Malvinas: el Gobierno presentó un reclamo ante un tribunal de la ONU para que Gran Bretaña frene el proyecto petrolero Sea Lion

Publicado: octubre 13, 2026, 12:13 pm

A fines de septiembre, el Gobierno había intimado al Reino Unido a que impidiera el inicio o la continuación de las actividades de explotación de hidrocarburos del proyecto Sea Lion en las Islas Malvinas. Ese período termina hoy y la Argentina se prepara, a través de una presentación de la Cancillería, para recurrir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM), en Alemania.

El Gobierno le pedirá al TIDM que disponga las medidas provisionales necesarias para preservar sus derechos soberanos sobre la plataforma continental. La Argentina advirtió que la explotación unilateral de esos recursos es “contraria al derecho internacional” y provoca un “perjuicio irreversible e irreparable”.

El presidente Javier Milei además les dio la orden a Cancillería y a los equipos jurídicos oficiales de iniciar “el procedimiento de arbitraje previsto en el Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con el objeto de impedir la explotación ilegítima de los recursos hidrocarburíferos en la Cuenca Malvinas Norte” a través de Sea Lion.

Detrás de las medidas que tomará la Argentina contra Reino Unido hay un procedimiento estipulado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), ratificado por ambos países y que tiene reglas, plazos y límites precisos.

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El primer paso es el arbitraje. La Convemar permite que cada Estado elija, mediante una declaración escrita, qué tribunal resolverá sus controversias sobre la interpretación o aplicación del tratado: el TIDM, la Corte Internacional de Justicia, un tribunal arbitral del Anexo VII o un tribunal arbitral especial del Anexo VIII.

La Argentina eligió el TIDM en orden de preferencia y, para cuestiones de pesca, medio ambiente, investigación científica y navegación, un tribunal especial del Anexo VIII. El Reino Unido, en cambio, eligió la Corte Internacional de Justicia. Como no coinciden rige la regla por defecto: cuando las partes no aceptaron el mismo procedimiento, la controversia va a un arbitraje del Anexo VII.

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El Gobierno mencionó que tanto la Argentina como el Reino Unido “son Estados Partes en la CONVEMAR” y que al ratificarla “ambos aceptaron los procedimientos obligatorios conducentes a decisiones obligatorias previstos en su Parte XV como parte integrante de la Convención”.

La Argentina destacó que deposita su “plena confianza en el tribunal arbitral y en el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, que resolverá el caso con independencia” y que “serán ellos quienes se pronuncien sobre el fondo de la posición de cada una de las partes”.

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