Sucesión presidencial: ¿2019 o 2020? - Venezuela
Registro  /  Login

Otro sitio más de Gerente.com


Sucesión presidencial: ¿2019 o 2020?

El Tribunal Supremo de Justicia podría emitir sentencia que validara mantener a gobernadores y alcaldes, en virtud de la declaratoria de emergencia económica.

Publicado: abril 5, 2017, 3:08 pm

(ESPECIAL). El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) está buscando fórmulas para evitar la realización de elecciones en el corto plazo, e incluso posponer, por un lapso de 8 meses, la sucesión presidencial que, de acuerdo con los lapsos constitucionales, debe concretarse en enero de 2019.

La información suministrada por fuentes judiciales apunta a que el TSJ se apoyará en la declaratoria de emergencia económica para emitir un dictamen que legitime la extensión de los períodos ya vencidos de gobernadores, alcaldes, consejos legislativos regionales y concejos municipales.

Además, las fuentes indican que se ha debatido la posible emisión de una sentencia que establezca el comienzo del período presidencial del primer mandatario, Nicolás Maduro, en abril de 2013, lo que supondría que las elecciones para escoger su sucesor deberán hacerse en 2019 y la toma de posesión se haría en enero de 2020.

El argumento que ha trascendido para justificar esta decisión es que Maduro no tendría que entregar el gobierno el 10 enero de 2019, porque el período entre enero y abril de 2013, es imputable al período inconcluso del ex presidente, Hugo Chávez.

Además, como el artículo 231 de la Constitución establece de manera específica que los períodos presidenciales comienzan el 10 de enero del primer año del período, no se podría «adelantar» la toma de posesión del sucesor de Maduro.

La mayoría parlamentaria en la Asamblea Nacional está al tanto de esta posible maniobra, prevista para finales de este año o principios del que viene.

Vista desde el simple sentido común, la idea de prolongar 8 meses el período presidencial de Nicolás Maduro no parece tener lógica, porque su período vencería en abril de 2019, en cualquier caso, de acuerdo con lo que señala el Artículo 230 de la Carta Magna, donde se señala que el período presidencial es de 6 años, sin admitir ninguna posibilidad expresa de prórroga.

LO HAN HECHO ANTES

Sin embargo, hay que admitir la posibilidad de que esta situación se produzca efectivamente, porque ya el TSJ sentó jurisprudencia que le permite normar los procesos de sucesión presidencial, al validar el hecho de que el ex presidente Hugo Chávez no concurriera a su juramentación para el período 2013-2019 y dar el piso jurídico para que su entonces vicepresidente, Nicolás Maduro, mantuviera la Presidencia con carácter de encargado.

Es evidente que la sentencia que permitió la continuidad de la administración con período vencido, en lugar de declarar la ausencia absoluta del ex presidente Chávez y la convocatoria de elecciones en febrero de 2013, desconoció los artículos 230, 231 y 233 de la Constitución, asumiendo como válida una interpretación que estableció el supuesto de que, en caso de reelección, la juramentación para el período siguiente es innecesaria, con base en el principio de que había que respetar la voluntad popular.

Además, se permitió que Maduro asumiera la Jefatura del Estado, en lugar del presidente de la Asamblea Nacional, entonces Diosdado Cabello, quien era el sucesor constitucional previsto hasta la convocatoria de elecciones en 30 días, porque se entiende que el gabinete de un presidente con el período vencido debe cesar su actuación, hasta que ocurra la nueva juramentación.

Nicolás Maduro, Presidente de la República

Nicolás Maduro, Presidente de la República

DESPUÉS DEL «IMPASSE»

Esta y otras ideas de sentencias para atornillar el status quo de la revolución bolivariana, ahora confrontan un problema que es la eventual falta de consenso en la estructura del Poder Público, como se vio en las declaraciones de la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, sobre las sentencias del TSJ que suprimían la inmunidad parlamentaria y se abrogaban las competencias legislativas, donde la funcionaria dejó en claro su inconstitucionalidad.

Como al gobierno le preocupa mucho el creciente rechazo internacional a sus ejecutorias, las fuentes judiciales consultadas señalan que habrá «más cuidado» de ahora en adelante, aun cuando ya se están buscando mecanismos para sustituir a la Fiscal Ortega Díaz.

La periferia política del chavismo tiene divergencias sobre la actuación del TSJ, e incluso sobre la condición de desacato de la Asamblea Nacional y el no reconocimiento de su nueva Junta Directiva. Hay sectores pro gubernamentales que reconocen que el tribunal se ha excedido «de manera preocupante y peligrosa».

Por: Armando J. Pernía

 

 

 

 

 

 

 

Related Articles