Publicado: marzo 21, 2018, 12:38 pm
El Consejo de Administración, máxima autoridad de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su 332ª reunión celebrada en Ginebra, Suiza, este 21 de marzo de 2018, acordó por consenso, designar una Comisión de Investigación (Comisión de Encuesta) para Venezuela.
La Comisión de Investigación se produce por la gravedad y persistencia en las violaciones a los convenios de la OIT y la renuencia del Gobierno venezolano a acoger las recomendaciones del organismo internacional. A diferencia de la Misión de Alto Nivel, la Comisión de Investigación no requiere autorización del Gobierno.
Carlos Larrazábal, presidente de Fedecámaras, junto a Jorge Roig, representante de los empleadores de Venezuela ante el Consejo de Administración, estuvieron presentes en la reunión.
Sobre la decisión Larrazábal dijo que “para Venezuela es un momento más que oportuno para la activación de una Comisión de Investigación, ya que la experticia y apoyo técnico de la OIT pueden ser cruciales para garantizar un diálogo eficaz que conduzca a identificar salidas inmediatas a las enormes dificultades que atraviesa el país, en beneficio de los trabajadores, los empleadores y la población venezolana en general, y así conducir al país hacia un sendero de crecimiento económico con un futuro prometedor”.
La decisión fue adoptada por esta instancia de la OIT en respuesta a la Queja conforme al artículo 26 de la Constitución del organismo internacional, introducida en junio de 2015, por Fedecámaras y otras 33 organizaciones empleadoras del mundo.
La Queja conforme al artículo 26, es el máximo mecanismo de control de la OIT para casos de incumplimiento de convenios por parte de los gobiernos. En el caso venezolano, se analizan los incumplimientos a los convenios 26 sobre Fijación de los Salarios Mínimos, 87 sobre Libertad Sindical y Protección al Derecho de Sindicación y 144 sobre la Consulta Tripartita.
Sus principales premisas son el diálogo tripartito para la toma de decisiones que afecten el sistema económico-social y laboral de un país y el pleno ejercicio de la libertad sindical por parte de trabajadores y empleadores.
La decisión se produce dentro de la Queja artículo 26, luego de haber tramitado Fedecámaras, durante 15 años, la Queja N°2254.