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Ya está disponible el simulador de la declaración de la renta: cómo saber si tu resultado te saldrá a pagar o a devolver

Publicado: marzo 9, 2025, 5:00 am

El próximo 2 de abril comienza el periodo para hacer la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2024. Este periodo se extenderá hasta el próximo 30 de junio y, como es habitual, se podrá realizar por internet, por teléfono o presencialmente. Aunque todavía quedan unas semanas para poder acceder de manera oficial al borrador, la Agencia Tributaria ha activado ya el simulador que permite a los contribuyentes anticipar cuál será el resultado de sus declaraciones . Además, se trata de unas semanas en las que quienes deben presentarla aprovechan para sacar sus cálculos y tenerlo así todo claro en cuanto se abra de manera oficial la campaña. La principal diferencia entre el borrador y el simulador de la declaración de la Renta es que el segundo no permite presentar la declaración ni necesita identificación o disponer de todos los datos fiscales. Para acceder al simulador hay que acceder a ‘Renta Open Web’. Con hacer una búsqueda es una de las primeras opciones que dirige a la página web de la Agencia Tributaria llamada ‘Simuladores’ y que fue actualizada el pasado 1 de febrero . El contribuyente dispone de varios modelos para simular como el de Sociedades, del modelo 303, el IVAN o el modelo 390. Al acceder, la aplicación permite hacer una declaración introduciendo los datos oportunos o cargar una declaración guardada previamente y creada con la misma aplicación. Una vez introducidos todos los datos se pasa a la pantalla de resultados donde aparece el hipotético resultado de la próxima declaración. Asimismo, es posible descargar la simulación. Al no ser necesaria una identificación, cualquier persona que tenga que presentar la declaración de la Renta puede utilizar el simulador ya que su uso es libre y gratuito . En este punto, cabe recordar que en este 2025 se presentan los resultados correspondientes al ejercicio de 2024. Asimismo, los asalariados con un sólo pagador que cobren menos de 22.000 euros no están obligados a presentar la declaración . También se aplica este mismo límite cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador, si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales. En el caso de que el asalariado tenga más de un pagador el límite se sitúa en los 15.876 euros.

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