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Si haces la declaración de la renta en Cataluña 2024-2025, atento: las deducciones de las que te puedes aprovechar

Publicado: marzo 31, 2025, 4:00 pm

Como cada año, abril acarrea el inicio de la campaña de la declaración de la Renta en España . Este año, el periodo de presentación de la información fiscal empezará este 2 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. En un primer momento solo se podrá hacer por Internet pero a partir del 6 de mayo se abrirá la presentación telefónica y desde el 2 de junio también se podrá presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Se elija la opción que se elija, el contribuyente tiene que tener su información detallada y al día respecto a las obligaciones fiscales y la situación tributaria personal correspondiente al año anterior, en este caso 2024. Como siempre, se piden unos requisitos mínimos generales pero cada comunidad autónoma tiene sus deducciones particulares. Cataluña cuenta, pues, con diversas deducciones y ha incorporado este año una serie de novedades a tener en cuenta, como el hecho de que por primera vez los afectados podrán pagar la declaración con Bizum o con tarjeta de crédito o débito y que las personas paradas también tendrán que presentar su balance fiscal. En el ámbito familiar, el nacimiento o adopción de un hijo permite a cada progenitor deducirse 150 euros en su declaración individual o 300 euros en una declaración conjunta. Esta misma cantidad es aplicable para familias monoparentales. Asimismo, las personas que hayan quedado viudas durante los años 2022, 2023 o 2024 pueden beneficiarse de una deducción de 150 euros , cifra que asciende a 300 euros si el viudo o viuda tiene a su cargo uno o más descendientes que permitan la aplicación del mínimo por descendientes. En cuanto a la educación, existe una deducción por el importe de los intereses de préstamos destinados a financiar estudios de máster y doctorado , siempre y cuando estos préstamos sean otorgados por la Agència de Gestió d’Ajuts Universitaris i de Recerca de la Generalitat. Aquellos que reciban ingresos de más de un pagador están obligados a presentar la declaración de la renta si el importe recibido entre ellos esté entre los 15.876 euros y 22.000 euros y las cuantías entre el segundo y restantes pagadores exceda de los 1.500 euros. Sin embargo, existen excepciones para los pensionistas y aquellos con más de 1.600 euros en rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales. La deducción aplicable en estos casos se determina restando la cuota íntegra autonómica de la cuota estatal, siempre que el resultado sea positivo. En Cataluña, la deducción por alquiler de la vivienda principal es una de las ventajas fiscales más importantes. Dependiendo de las circunstancias particulares, los contribuyentes pueden deducirse el 10% de las cantidades abonadas por este concepto, hasta un máximo de 300 euros anuales. Esta opción está disponible para individuos menores de 32 años, aquellos que hayan estado desempleados por al menos 183 días durante 2024, personas con discapacidad del 65% o superior, o viudos mayores de 65 años. Las familias numerosas o monoparentales también pueden beneficiarse de una deducción del 10%, aunque en este caso el límite se eleva a 600 euros anuales. Además, los contribuyentes catalanes tienen acceso a deducciones por rehabilitar su vivienda principal o futura principal. Se ofrece una deducción del 1,5% sobre una base máxima de 9.040 euros, aplicable a trabajos como los que se suelen hacer en estructuras, fachadas o cubiertas, según información detallada de la AEAT. Por último, en el ámbito autonómico, se contempla una deducción por inversión en la vivienda principal (incluyendo compra, rehabilitación, ampliación, entre otros) del 7,5%, que puede incrementarse al 15% en el caso de obras que adapten la vivienda para personas con discapacidad. Es importante destacar que, generalmente, estas deducciones se aplican a viviendas adquiridas hasta el 1 de enero de 2011. Las donaciones realizadas a entidades dedicadas a la promoción de la lengua catalana o de la occitana ofrecen beneficios significativos a los contribuyentes. Instituciones como el Institut d’Estudis Catalans, el Institut d’Estudis Aranesi – Acadèmia Aranesa dera Lengua Occitana, además de entidades privadas sin ánimo de lucro, organizaciones sindicales y empresariales, colegios profesionales u otras corporaciones de derecho público que estén debidamente registradas, permiten a los donantes deducirse hasta un 15% de sus contribuciones. Este beneficio fiscal está sujeto a un límite máximo del 10% de la cuota íntegra autonómica indicada en la declaración de renta (casilla 0546). En lo referente a las donaciones a entidades que promueven la investigación científica y el desarrollo e innovación tecnológicos, los contribuyentes en Cataluña pueden beneficiarse de una deducción del 30% por las cantidades donadas. Esta deducción se aplica a las contribuciones hechas a universidades catalanas, institutos universitarios y otros centros que forman parte o están adscritos a universidades de la comunidad, así como a centros de investigación promovidos o participados por la Generalitat con estos objetivos. El límite de esta deducción también es el 10% de la cuota íntegra autonómica en la declaración de renta. Finalmente, las contribuciones a entidades que trabajan en beneficio del medio ambiente , la conservación del patrimonio natural y de la custodia del territorio ofrecen una deducción del 15% sobre el importe donado, con un límite del 5% de la cuota íntegra autonómica. Para acogerse a esta deducción, las entidades receptoras deben estar inscritas en el censo de entidades ambientales dedicadas a la ecología y la protección y mejora del medio ambiente. Además, la campaña vuelve a ofrecer un incentivo fiscal para aquellos que inviertan en empresas de nueva creación, conocidos como ‘business angels’, a través de acciones o participaciones. Estos contarán con una deducción aplicable del 40% de las cantidades invertidas, que puede aumentarse al 50% en el caso de inversiones realizadas, de un máximo de 12.000 euros, a empresas que han sido creadas o que están participadas por universidades o centros de investigación. Para acogerse a estas deducciones, los inversores tienen ciertos límites y condiciones : la deducción máxima que se puede aplicar es de 12.000 euros. Además, la inversión no puede representar más del 35% del capital social o de los derechos de voto de la empresa. También es importante que el inversor no tenga un rol de empleado, directivo o ejecutivo dentro de la empresa invertida. Otro requisito es que estas compañías deben tener su sede en Cataluña, no estar cotizadas en ningún mercado de valores, generar una facturación inferior a un millón de euros y la inversión debe mantenerse por un periodo mínimo de tres años.

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